La Soberanía popular es
un principio sobre el que se basan las concepciones democráticas y está universalmente
aceptado por todos como fuente de todo
poder y autoridad.
Un
Estado se sustenta en su pueblo y ese Pueblo es una unidad histórica de
costumbres y hábitos de vida en común, cuyos integrantes acuerdan para
gobernarse mejor en forma soberana, formar un Estado, sin
otro poder por encima de él. El pueblo debe controlar y cambiar a los
gobernantes si lo cree conveniente. El
pueblo no debe nada a sus gobernantes, porque los gobernantes son meros escribientes
servidores, o mensajeros de la voluntad del
Pueblo. Análogamente, el Pueblo se
impone sobre los individuos, estableciendo
igualdad y reciprocidad para mantener equilibrio entre sus miembros.
El principio de la soberanía popular impone
unos derechos y garantías que recogen todas las Constituciones de Estados democráticos
y claro, la Constitución del ficticio y engañoso Estado de Guinea Ecuatorial,
en su Artículo 2 º establece: “La soberanía pertenece al pueblo
al cual la ejerce a través del sufragio
universal. De ella emanan los poderes públicos que se
ejercen en las condiciones que esta
Ley Fundamental y
otras leyes determinarán. Ninguna
fracción del pueblo
o individuo puede atribuirse el ejercicio de la soberanía nacional.
Lo que quiere decir que el poder reside en el
pueblo ya que el pueblo es quien delega ese poder a los gobernantes, pero ellos son solo delegados; el titular
es el pueblo.
¿Qué es Pueblo?
Un pueblo es una unidad
histórica de individuos con costumbres y hábitos de vida en común. Ahora preguntamos,
¿somos un pueblo en Guinea Ecuatorial? Para
responder a esta pregunta, es necesario ser sinceros con nosotros mismos y si
lo somos, veremos que un Fang, un Ndowé,
un Bubi, un Ambo y un Bissió, no constituyen una unidad histórica de
costumbres y hábitos de vida en común. Esa es precisamente la razón por la
que obligados por España a formar un solo Estado, cuando las Resoluciones
1514 (XV) y 1541 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1960
forzaron independizar “los territorios españoles del golfo de Guinea” y no “el territorio español del golfo de
Guinea”, establecimos como base los pactos de independencia “SIN SEPARACIÓN,
SIN DISCRIMINACIÓN, CONSERVAR LA
INDEPENDENCIA NACIONAL”, tan cacareados en el Himno Nacional. Lo que quieren
decir esas frases es, "respetando las
identidades de cada pueblo como base, los Pueblos integrantes de los cuatro territorios Ndowé,
Bubi, Ambo y Fang, acordamos formar un Estado SIN SEPARACIÓN, SIN
DISCRIMINACIÓN, para gobernarnos mejor en forma soberana". Sin embargo, los Nguema-Obiang,
lo entendieron mal porque, a los cinco meses de alcanzar la independencia, ellos
únicos gobernantes que ha tenido Guinea Ecuatorial, de manera PREMEDITADA y
consciente de que los Fang, los Ndowé, los Bubis, los Ambo y los Bissió,
no somos una unidad histórica de costumbres y hábitos de vida en común, por
lo tanto, no somos un Pueblo, han dinamitado en todas sus dimensiones la configuración de y una
identidad nacional que favoreciere en su justa medida a todos por igual, mientras a base
de terror, odio, muertes y sangre, han forzado una unidad nacional,
que sólo les ha favorecido a ellos.
El primer paso pues para corregir ese monumental error de
los Nguema- Obiang; por lo tanto, Guinea Ecuatorial como Estado, es imprescindible que los políticos que se
dicen opositores en el exilio, se aprendan la doctrina de la soberanía de las
naciones y se sometan a la voluntad de sus respectivos pueblos. El segundo
paso sería, releernos los pactos de independencia recogidos y cantados en el himno Nacional. Porque si, el
Himno Nacional recoge las palabras “SIN DISCRIMINACIÓN”, “SIN SEPARACIÓN”, es
porque de ante mano reconocían los padres de la independencia que no éramos un
Pueblo. Por lo tanto, en aras de resituarnos en la línea salida y hacer bien
las cosas, cuando hablemos sobre los habitantes de Guinea Ecuatorial, es vital
que digamos “LOS PUEBLOS”, porque tal
que hemos dicho arriba, tres circunstancias obligan a ello:
UNA: Un Fang, un Ndowé, un Bubi, un Ambo y un Bissió, no somos
una unidad histórica de costumbres y hábitos de vida en común.
DOS: España colonizó cuatro
territorios y a cuatro diferentes Pueblos en el golfo de Guinea”, Por ello antes de la independencia, se
hablaba de los territorios españoles del
golfo de Guinea y no el territorio español del golfo de Guinea.
TRES: Las Resoluciones 1514
(XV) y 1541 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1960
obligaban a independizar “los territorios españoles del golfo de Guinea”, no el territorio español del golfo de
Guinea y,
CUATRO: Los gobernantes que ha
tenido el país, han dinamitado con la discriminación y la exclusión en todas
sus dimensiones la configuración de una identidad común plurinacional y pluricultural, por
lo que la Guinea Ecuatorial que conocemos hoy, refleja ser un país Fang.
Si los Ndowé, Bubis, Ambo y Bissió, somos también parte
integrante de Guinea Ecuatorial igual que los Fang, la fisionomía del país debe
en consecuencia reflejar una imagen multinacional, multicultural y multilingüe.
Respondiendo a la pregunta del título de este artículo, ¿Quién ejerce la secuestrada soberanía
de los Pueblos de Guinea Ecuatorial? Muchos
son los Fang que creen que el mwadjangnismo es sinónimo de soberanía del
Pueblo Fang. Con tristeza, debo
decirles que la soberanía de un Pueblo, no es ser los únicos que recogen las
migas que, ni deja caer un avaro tirano dictador, sino se le caen. Tampoco es soberanía para el Pueblo Fang que, después de colocar el dictador a sus
familiares en las mejores posiciones para saquear al país, entrega las no deseadas por ellos a los mwadjang. Menos puede hablarse de soberanía del Pueblo Fang
cuando, por no poder ocupar todas las becas de estudio la familia del tirano, las conceden sólo a estudiantes Fang; cerrar el ejército y Fuerzas de
Seguridad del Estado sólo a los mwadjang para perpertuarse él en el poder.
La soberanía de Guinea Ecuatorial la
ejerce Teodoro Obiang Nguema Mbasogo, su familia y su clan, ayudados por el mwadjagnismo que consiste en la utilización que hace el tirano del Pueblo Fang para ejercer él la soberanía nacional; lo que es absolutamente contrario al Artículo 2º de la Constitución de Guinea Ecuatorial que establece: "...Ninguna fracción del pueblo o individuo puede atribuirse el ejercicio de la soberanía nacional".
Rafael Evita Ika
Presidente de Etômbâ â Ndowé