"Informe de los Aspectos Legales y Jurídicos de una inminente Declaración Unilateral de Independencia de Ikùmé- Mbongó (País Ndowé) y el Derecho Internacional/2016
2.- La
cuestión de las sistemáticas violaciones de los derechos del pueblo ndowé. “Etapa
A” La implantación del Síndrome de Estocolmo y “Etapa B” La ocupación fang, párrafo,
a.-1, 2, 3 y 4.
Se desarrolló en 2 etapas: “Etapa A” La implantación del Síndrome
de Estocolmo y “Etapa B” La ocupación fang.
a).- Etapa A, La implantación
del Síndrome de Estocolmo.
1.- Se puso en
marcha en enero de 1970 y sigue en marcha hasta nuestras fechas. Aquellos fang
que habían vivido entre los ndowé antes de la Independencia y habían aprendido
a trabajar con los ndowé, eran los que ocultos señalaron a sus
jefes ndowé con sus propiedades como objetivos, para que fueran
tomados por sus hermanos de su etnia Fang que llegaban del interior, ahora
hacían acto de presencia. Aparecían de repente, fingiendo estar enojados y
simulando detener a sus compatriotas fang de seguir abusando de las personas de
la etnia Ndowé y de sus bienes. Con ello, adquirían apariencia de
salvadores de sus antiguos jefes ndowé. La aparición de estos fang
como salvadores, aparentemente discutiendo con sus propios cómplices fang ante
los ndowé, para seguido adoptar la posición de nuevo dueño y señor,
acabó provocando una reacción psíquica en los ndowé viéndose privados del
disfrute de sus bienes, y eso hizo que muchos ndowé actuaran con
unos mecanismos de defensa como respuesta a la situación tan agresiva que
padecían, operando en complicidad con quien amparado por el Estado le tenía a
él, a su familia y bienes secuestrados en su tierra Ikùmé-
Mbongó (País Ndowé). Si se considera que
el Art. 23.-1) de la Constitución de la República de Guinea
Ecuatorial de 1968 preveía: “Serán materia de Ley los derechos
individuales y colectivos de los ciudadanos”, el Gobierno no
legisló para garantizar que ningún ndowé fuese objeto de injerencias
arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia
para que toda persona ndowé tuviese derecho a la protección de la ley
contra tales injerencias o ataques, violó por lo tanto el Art.
23.-1) de la Constitución de la República de Guinea Ecuatorial de 1968
y, violó también el Artículo
12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que prevé: “Nadie
será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su
domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra y su reputación. Toda
persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o
ataques” y, se violó el Artículo
17.-2) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que
prevé: “Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.”
En vista de que el Art. 3.° párrafo
2) de la Constitución Nacional de 1968 preveía:”El Estado
reconoce y garantiza los derechos y libertades de la persona humana, recogidos
en la Declaración Universal de Derechos del Hombre", al incumplir
el Gobierno de la República las previsiones de los Artículos 12,
17.-2) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, violó consecuentemente
también el Art. 3.° párrafo 2) de la Constitución
Nacional de 1968. Aquel mal se extendió hasta el extremo de que
para sobrevivir, los ndowé terminaron incluso ayudando a esos fang que les
hubieron señalado como objetivo y que les tenían sometidos y pisoteados,
forzando a sus hijas para que fuesen amantes de los fang, y en muchas
ocasiones, reportando ante los opresores fang cualquier intento de liberación
de otro ndowé privado de sus propiedades.
2.- Salir del país se
convirtió en objetivo principal de los ndowé por salvar la vida, ante tanta
violencia y represión, pero el régimen de la etnia Fang en Guinea Ecuatorial
cerró las fronteras impidiéndonos salir a otros países, en violación del Art.
23.-1) de la Constitución de la República de Guinea Ecuatorial de
1968, por cuanto no legisló para garantizar que toda persona ndowé tuviese
el derecho a salir y a regresar a su país, cual preveía este
articulo: “Serán materia de Ley los derechos individuales y
colectivos de los ciudadanos”. Impedir a los ndowé salir de su
tierra también violó el Artículo 13.-2) de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos que prevé: “Toda persona tiene
derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país” y,
dado que el Art. 3.° párrafo 2) de
la Constitución Nacional de 1968 preveía:”El Estado reconoce y garantiza
los derechos y libertades de la persona humana, recogidos en la Declaración
Universal de Derechos del Hombre", al no garantizar el Gobierno de
la República el cumplimiento de las previsiones del Artículo 13.-
2) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, violó en
consecuencia también el Art. 3.° párrafo 2) de la
Constitución Nacional de 1968. Y pese a haber sido desposeídos de
nuestros bienes y tierras, nos convertimos en rehenes secuestrados en nuestra
propia tierra Ikùmé- Mbongó Ikùmé- Mbongó (País Ndowé).
Muchos fueron los ndowé que simpatizaron con los represores y secuestradores de
nuestras libertades, prestando ayuda al sistema represivo. Llegaron incluso
muchos ndowé a denunciar ante los nuevos amos fang, a otros ndowé
que trataron de abandonar el país. Otros, ante las quejas en círculos íntimos
de familias, amigos o conocidos ndowé lamentándose de
la represión, denunciaban ante el opresor a los otros que se quejaban de la
situación. Esa reacción es conocida como el “Síndrome de Estocolmo” que se
define como: “Una reacción psíquica en la cual la víctima de un secuestro, o
persona retenida contra su propia voluntad, desarrolla una relación de
complicidad con quien la ha secuestrado. En ocasiones, dichas personas
secuestradas pueden acabar ayudando a sus captores a alcanzar sus fines o a
evadir a las autoridades competentes.”
3.- Con militares y
milicianos todos de la etnia Fang por todas partes y barreras de control a
escasos metros unas de otras éramos parados, obligados a mostrar documentos y
en ocasiones retenidos durante horas caprichosamente, pues así fue secuestrada
nuestra libertad en violación del Artículo 13.-1) de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos que prevé: “Toda
persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el
territorio de cada Estado”. En dichas barreras de control diseminadas a
lo largo y ancho de Ikùmé- Mbongó Ikùmé- Mbongó (País Ndowé),
los ndowé eran despojados incluso de los productos de su compra diaria que
tanto nos costaba conseguir. Y dado que dichos productos eran para el sustento
de nuestras familias, al despojarnos arbitrariamente de ellos, nuestras
familias se quedaban desprotegidas por los militares del Estado en violación
del Artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos que prevé: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en
su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a
su honra y su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley
contra tales injerencias o ataques.”
4.- Unos ndowé
bajo un terrible estado de SHOCK resultante del terror por la cantidad de
sangre de familiares y amigos vertida por los militares y milicianos de la
etnia Fang del Gobierno, y los otros ndowé bajo el síndrome de
Estocolmo, además de las masivas llegadas de personas de la etnia Fang a Ikùmé-
Mbongó Ikùmé- Mbongó (País Ndowé), financiada
por el Gobierno que enviaba camiones al interior del país de la etnia
Fang a coste "cero" para que vinieran a ocupar las nueva
tierra conquistada según ellos de Ikùmé- Mbongó Ikùmé- Mbongó (País Ndowé),
la invasión estaba en marcha. Los fang traídos del territorio fang en el interior
de Rio Muni, se dedicaron a despojarnos a los ndowé
arbitrariamente de nuestros bienes con el amparo del Estado, y continuaron con
las injerencias arbitrarias e ilegales con nuestra privacidad y bienes en
violación del Artículo 12 de la declaración Universal de los
derechos Humanos que prevé: “Nadie será objeto de injerencias
arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia,
ni de ataques a su honra y su reputación. Toda persona tiene derecho a la
protección de la ley contra tales injerencias o ataques.”
Continúa...
Oficina de Informacion y Prensa de Etomba a Ndowe
Extraido del Informe el 11/12/2016
Ciudad Vilangwa