lunes, 17 de abril de 2017

Sàngo à Mboka- Boletín Oficial del Estado: B.O.E. Número 16. Ley Número 11/ 2017 de fecha 14 de marzo de 2017, reguladora de la Adhesión Ikùmé-Mbôngó a la UA y a otras Organizaciones Internacionales Africanas.

I.           DISPOSICIONES GENERALES

GOBIERNO DE IKÙMÉ- MBONGÓ (PAÍS NDOWÉ)

Ley Número  11/ 2017 de  fecha 14 de marzo de 2017, reguladora de la Adhesión  Ikùmé-Mbôngó a la UA y a otras Organizaciones Internacionales Africanas.

En virtud de lo aprobado en el Consejo de Ministros  del 15 de marzo de 2017, esta Ley Número  11/ 2017 de  fecha 14 de marzo de 2017, reguladora de la Adhesión  Ikùmé-Mbôngó a la UA y a otras Organizaciones Internacionales Africanas, queda reconocida como sigue:

Preámbulo:

Primero: Considerando que el objetivo principal de las relaciones internacionales es mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz, fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y tomar otros medidas adecuadas para fortalecer la paz universal; realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión y, armonizar los esfuerzos de las naciones africanas por alcanzar todos propósitos comunes, Dispongo:

Segundo:

Artículo 1.
Ikùmé-Mbôngó negociará y presentará con máxima urgencia su adhesión a la Unión Africana, y establecerá relaciones de amistad y cooperación  con todos los Estados de África sean o no miembros de la UA.

Tercero:

Artículo 2.
Ikùmé-Mbôngó presentará y negociará y su petición de adhesión a la UDEAC, ACP (África - Caribe - Pacífico) Países asociados a la Unión Europea por la Convención de Lomé IV (zona de libre comercio), ZONA FRANCO, UA (Unión Africana), BAD (Banco Africano de Desarrollo) (ADB African Development Bank), ASECNA (Agencia para la Seguridad de la Navegación Aérea en África y Madagascar), CEEAC (Comunidad del África del Este) (Comunidad Económica de los Estados del África Central), CEMAC (Comunidad económica y Monetaria del África Central).

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Ninguna

DISPOSICIONES FINALES

Cuarto: Obliga al Gobierno a promover y facilitar la adhesión  Ikùmé-Mbôngó a la UDEAC y a otras Organizaciones Internacionales Africanas,  como lo dispone esta Ley, así como regular todas las cuestiones que se deriven de su aplicación.

Esta Ley entra en vigor el día  de su publicación en el Sàngo à Mboka- Boletín Oficial del Estado.

Ikùmé- Mbôngó, 17 de marzo de 2017.
El Jefe del Estado de Ikùmé- Mbôngó.
Leocadio Miguel Rondo Bele Becongo

Quinto: Esta Ley Número  11/ 2017 de  fecha 14 de marzo de 2017, reguladora de la Adhesión  Ikùmé-Mbôngó a la UA y a otras Organizaciones Internacionales Africanas,  entra en vigor en la forma y modo en que ha sido aprobada, el mismo día de su publicación en el « Sàngo à Mboka - Boletín Oficial del Estado».

Ciudad Vilangwa, 17 de marzo  de 2017.- El Gobierno de  Ikùmé- Mbôngó (Paiis Ndowé), P. S. (Ley Número  11/ 2017 de  fecha 14 de marzo de 2017, reguladora de la Adhesión  Ikùmé-Mbôngó a la UA y a otras Organizaciones Internacionales Africanas).


(Esta ley del Ministerio de AAEE deberá ser implementada también por los  Ministerios del Interior y de Trabajo).