jueves, 23 de febrero de 2017

¡ÚLTIMA HORA!: El Parlamento está investigando las circunstancias en las que el gobierno de Uganda ha enviado tropas de UPDF a Guinea Ecuatorial.

¡ÚLTIMA HORA!
El régimen neocolonialista de Guinea Ecuatorial con Teodoro Obiang Nguema corrompe todo lo que toca. El Parlamento de Uganda denuncia que el gobierno ugandés ha enviado 250 militares armados hasta los dientes a Guinea Ecuatorial, sin autorización del Parlamento como requiere la Constitución del pais Art. 210, para ayudar al tirano a perpetuarse en el poder.

Aconsejado por los viejos lobos del mwadjangnismo, el tirano se estaba preparando para repeler con dureza ejemplar la independencia ndowé, pero últimamente todo le sale muy mal. ¿Por qué será?

tiraniaecuatoguinea.blogspot.com


La noticia traducida por: tiraniaecuatorguineana.blohspot.com

El Parlamento está investigando las circunstancias en las que el gobierno de Uganda ha enviado tropas de UPDF a Guinea Ecuatorial.

Por: Moisés Mulondo, Henry Sekanjako, 
22 de febrero 2017 14:11

Los diputados dicen que es necesario que el gobierno convenza al Parlamento de que no ha convertido a la UPDF en una fuerza mercenaria.

El ministro de Defensa, el coronel Charles Okello Engora, ha confirmado que el gobierno de Uganda ha enviado tropas a la turbulenta Guinea Ecuatorial.

El ministro hizo la declaración el martes en el Parlamento al responder a una presentación por el diputado de Lwemiyaga, Theodore Ssekikubo, quien dijo que las tropas ugandesas habían sido desplegadas a Guinea Ecuatorial sin solicitar la aprobación parlamentaria.

"Este es un asunto de extrema importancia pública. El artículo 210 de la Constitución otorga al Parlamento mandato para aprobar el despliegue de nuestras tropas en países extranjeros, pero esto se ha hecho sin aprobación parlamentaria ", argumentó Ssekikubo.

El diputado argumentó que era necesario que el gobierno convenciera al Parlamento de que no convirtió a la UPDF en una fuerza mercenaria para ser contratada por caudillos y regímenes dictatoriales que quieren mantenerse en el poder contra todo pronóstico.

"Nuestras fuerzas han sido enviadas para proteger a un hombre (el presidente Teodoro Obiang Nguema Mbasogo) que ha gobernado a su país como un dictador desde 1979. Necesitamos una explicación sobre este continuo desprecio de la constitución y el poder del Parlamento", declaró Ssekikubo.

El jefe del Gobierno, Whip, quien afirmó ignorar que las tropas de Uganda están en Guinea Ecuatorial, dijo: "Sé que la UPDF está obligada a informar al Parlamento antes de tales despliegues. No sé si es cierto que nos hemos desplegado allí. Por lo tanto, espero que el Ministro de Defensa venga a informarnos ", explicó.

Nankabirwa, que en virtud de su cargo se encuentra en las reuniones del gabinete, desestimó las acusaciones de Ssekikubo de que el gobierno está haciendo caso omiso de la Constitución.

"El gobierno de Uganda está obligado a respetar la Constitución. No es cierto que la Constitución sea violada diariamente ", explicó.

Como Nankabirwa todavía estaba trabajando para explicar, Okello entró en las cámaras y le pidió que arrojara algo de luz sobre el asunto.

En medio de los murmullos de los legisladores, Okello explicó que las tropas de la UPDF habían sido enviadas a Guinea Ecuatorial para entrenamiento a petición del Presidente Obiang Nguema.

Pero Ssekikubo rechazó la explicación diciendo: "¿Cómo enviar a más de 250 soldados a un país extranjero para que entrenen con equipo y armas? Hay reportes de que más soldados serán enviados allí.

Ciertamente, por cualquier imaginación esto no puede ser entrenamiento como dice el ministro.

“No es apropiado que nuestras fuerzas se desplieguen para defender a un líder que usa la fuerza para mantenerse en el poder”.

El vicepresidente Jacob Oulanyah dictaminó que el primer ministro Ruhakana Rugunda debería prepararse para presentar al Parlamento una declaración con detalles del despliegue de las fuerzas a Guinea Ecuatorial.

 Según el Brig. Richard Karemire, portavoz de la UPDF, las tropas de la UPDF han sido desplegadas tras un acuerdo bilateral entre Uganda y Guinea Ecuatorial.

"El equipo de formación de la UPDF que se ha desplegado en Guinea Ecuatorial está cubierto por un acuerdo bilateral. Se firmó un acuerdo para cubrir ese despliegue", dijo.

Karemire dijo que los más de 100 soldados, que fueron desplegados la semana pasada en Guinea Ecuatorial, están en el país de África Occidental para mejorar las habilidades de entrenamiento de los soldados de Guinea allí.

El acuerdo de despliegue de un año, dijo Karemire, está sujeto a negociación al final del contrato.



miércoles, 22 de febrero de 2017

“EL JUEGO SUCIO Y LA GRAN MENTIRA FANG A DESCUBIERTO” LADRAN LOS PERROS Y LA CARAVANA NDOWÉ NO SE DETIENE.

Por: Îlômbê
Ciudad Vilangwa
21/02/2017

Los fang no son de capaces de aceptar que los pueblos no fang se organicen, se auto gobiernen y prevean su desarrollo económico y cultural de acuerdo al derecho de la libre determinación de los pueblos, porque entendieron que dicho derecho solo les corresponde a ellos.

Sabiendo como saben todos los fang que los ndowé han:

1.- Puesto sobre la mesa muchas propuestas para poner fin a la tiranía de Guinea y que han sido ignorados ellos los fang que se dicen oposición política.

2.- Tratado de ejercer la libre determinación en base a los Pactos internacionales, sin renunciar por ello a la unidad y a la soberanía del Estado,  y han sido ignorados por el gobierno fang de Guinea Ecuatorial.

3.- Intentando ejercer la libre determinación en base al art. 73 de la Carta de las Naciones Unidas, sin renunciar por ello a la unidad y a la soberanía del Estado, y han sido ignorados por el gobierno fang de Guinea Ecuatorial.

4.- Renunciado a la unidad y soberanía del Estado, para ejercer la autodeterminación, y peticionado amistosamente la independencia de su territorio en base a las Resoluciones 1514 (XV) y 1541 (XV) de la ONU, y han sido ignorados por el gobierno fang de Guinea Ecuatorial.

Finalmente, tal que prevé el Derecho Internacional en estos casos, los ndowé han declarado unilateralmente la independencia de su territorio. Si fueran los fang verdaderos opositores al régimen tiránico de Guinea Ecuatorial, dirían todos sin excepción: “LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE INDEPENDENCIA DE LOS NDOWÉ, SE LA HA BUSCADO EL GOBIERNO DE GUINEA”. Pero como en vez de opositores al régimen tiránico, son parte de la tiranía, están los hombres y las mujeres fang ladrando como unos energúmenos sin atender a la lógica diciendo estupideces. Ocurre que el mismo tirano no necesita pronunciarse sobre la DUI ndowé, pues sus sabuesos  que llevan medio siglo engañando a los otros pueblos con el cuento de la oposición política, son los que se  encargan de criminalizar LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE INDEPENDENCIA DE LOS NDOWÉ, SE LA HA BUSCADO EL GOBIERNO DE GUINEA”; un acto totalmente acorde al derecho internacional y la Ley.

Sostuvo siempre un ndowé, que todos los fang trabajaban hacia la misma dirección y que lo de la oposición política fang sobre todo en el extranjero, era pactado con el tirano. El objetivo es impedir a toda costa que fructificase cualquier iniciativa tendente a poner fin la tiranía de Guinea Ecuatorial que beneficia a todos los fang. Dudé alguna vez de ello, pero ya no. Es absolutamente cierto. La prueba de cuanto digo es que, recientemente aquí en Ciudad Vilangwa, he tenido una charla con uno de los esbirros ndowé enfermo del Síndrome de Estocolmo y al servicio de los fang; uno de esos que hasta hace bien poco, se alegrarían incluso de que un fang le pase encima con el auto, pero que ahora, se está dando cuenta de que los fang solo quieren el bienestar para ellos.  Por los meritos  prestados a la tiranía, este ndowé fue nombrado por el mismo Obiang Nguema para ocupar un cargo relevante. El fang que debía ser sustituido de dicho cargo, se negó a abandonar el puesto alegando que Obiang Nguema no tenía derecho para colocar a un ndowé en dicha posición relevante. Ahí terminó la historia. El fang sigue ocupando el cargo, el idiota ndowé con el título del nombramiento, pero sin destino. Con esto, afirmo que absolutamente todos los fang están de parte de la tiranía. De hecho, los fang nunca han tenido ideas o hecho propuestas para dar solución a la tiranía, pero han ignorado todas las propuestas de los ndowé, tales como (1) el Plan de Igualdad Guineana; (2) el Plan Consensuado de Reconciliación Nacional y Restauración Democrática para Guinea Ecuatorial; (3) AMBIBUDFA, (4) Propuesta a los pueblos de Guinea Ecuatorial; (5) Tratados de Honor y Pactos Étnicos, Coalición de los Pueblos y Ciudadanos de Guinea Ecuatorial (CEIBA) etc…, etc.

Ahora puedo preguntarme ¿Cómo esperabas que  fueran a proponer los fang iniciativas, para poner fin a una situación que les beneficia?

LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE INDEPENDENCIA DE LOS NDOWÉ, HA CREADO TANTA DESESPERACION, QUE HA OBLIGADO A LOS FANG A QUITARSE LAS MÁSCARAS Y DEFENDER ABIERTAMENTE AL RÉGIMEN TIRÁNICO DEL GENERAL FANG TEODORO OBIANG NGUEMA MBASOGO. Pues no es casual que pese a ser la DUI ndowé acorde a la ley y, saber eso todos los fang, que no ha habido un solo político fang que reconozca la legalidad de dicha declaración. Sin embargo, se pronuncian tanto los políticos, como no políticos, jóvenes y ancianos hombres y mujeres fang enfurecidos, ladrando como Perros rabiosos criminalizando una declaración Unilateral de Independencia que es absolutamente de acuerdo a la Ley que lo regula, que es el Derecho Internacional.

“EL JUEGO SUCIO Y LA GRAN MENTIRA FANG A DESCUBIERTO”  LADRAN LOS PERROS Y LA CARAVANA  NDOWÉ NO SE DETIENE

miércoles, 15 de febrero de 2017

Rafael Evita Ika: ¿Es legal y es compatible con el Derecho Internacional la Declaración Unilateral de Independencia de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé)?

Iniciaremos un escueto estudio que responderá a la pregunta objeto de este artículo. 

La independencia de Guinea Ecuatorial se produce como consecuencia de la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 14 de diciembre de 1960, cuya declaración primera establece: La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales.”

Y la segunda declaración prevé: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.”

Ahora, ¿cuáles, eran aquellos territorios? Fernando (Póo), Ikùmé Mbôngó, Annobón y el país fang, habitados también estos por diferentes pueblos; distintos en sus aspectos étnicos y culturales. Si miento, que me corrija alguien pues ocurre que: (1) El bubi no tiene nada que ver en sus aspectos étnicos y culturales con el anobones, ndowé o fang; (2) el anobonés no tiene nada que ver en sus aspectos étnicos y culturales con el bubi, ndowé o fang; (3) el ndowé no tiene nada que ver en sus aspectos étnicos y culturales con el bubi,, anobones o fang (4) el fang, no tiene nada que ver en sus aspectos étnicos y culturales con el bubi, ndowé o anobones. NINGÚN PUEBLO DEL PAÍS TIENE QUE VER EN SUS ASPECTOS ÉTNICOS Y CULTURALES CON OTRO. Sin embargo, tratando de huir del cumplimiento de la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 14 de diciembre de 1960, España utiliza el Principio VI de la Resolución 1541(XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 15 de diciembre de 1960 que establece en su sección (c): Puede considerarse que un territorio no autónomo ha alcanzado la plenitud del gobierno cuando se íntegra a un Estado Independiente”, se salta a la torrera el hecho diferencial territorial y  los aspectos étnicos y culturales de bubis, ndowé, anobones, fang, e impone una unidad territorial basada en:

1.-El territorio bubi Fernando (Póo) y el territorio anobones, Annobón, conforman una provincia y,

2.-El territorio ndowé Ikùmé- Mbôngó y el territorio fang en otra   provincia.

Con ello imponía una Autonomía en aquellos territorios, tratando de decir a la ONU, que aquellos territorios se habían asociado voluntariamente al Estado español independiente. Así satisfacía el principio VI de la Resolución 1541(XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 15 de diciembre de 1960; Puede considerarse que un territorio no autónomo ha alcanzado la plenitud del gobierno cuando se íntegra a un Estado Independiente”. Pero le salió mal la jugada, porque los nacionales de aquellos territorios en la ONU, rechazaron el aspecto voluntario de unidad territorial que esgrimió España y unos pocos años después, la ONU resaltaba el hecho diferencial territorial y los aspectos étnicos y culturales de bubis, ndowé, anobonés, fang, para aceptar sobretodo, que el bubi a más de 500 millas marinas del anobones constituyeran una provincia, obligando a España a conceder la independencia a los 4 territorios del Golfo de Guinea.

Los bubis rechazan la unidad, mientras los anoboneses no dicen nada, los fang se atrincheran en la unidad y los ndowé cometen la estupidez de apoyar a los fang en la unidad territorial de los territorios del Golfo de Guinea. Un error garrafal cuyas consecuencias siguen pagando hasta la fecha y así, no le quedó otro remedio a España que, conceder la independencia a los territorios bajo dominación en el Golfo de Guinea.

La ONU sabia y sabe que se independizaron los 4 distintos y dispares  territorios bajo una sola autoridad administrativa; la República de Guinea Ecuatorial. El nuevo Estado se adhirió a la Carta de las Naciones Unidas y se comprometió a cumplir las obligaciones de la misma. Al ser el nuevo Estado formado por 4 diferentes territorios habitados por diversos pueblos, distintos en sus aspectos étnicos y culturales, teniendo en cuenta  los objetivos enunciados en el Capitulo XI de la Carta de las Naciones Unidas, la lista de factores que figura como anexo a la resolución 742 (VIII) de la Asamblea General de 27 de noviembre de 1953, y el informe del Comité Especial de los Seis sobre la transmisión de información en virtud del Articulo 73.- e) de la Carta, la República de Guinea Ecuatorial estaba y está obligado a establecer autonomía para todos los territorios. Al no hacerlo así, correspondía transmitir información respecto de los territorios no autónomos en virtud del inciso e del Artículo 73 de la Carta a las Naciones Unidas. Bajo el pretexto de seguridad nacional y las consideraciones de orden constitucional, algunos Estados limitan facilitar la información. Pero los límites enunciados en el Artículo 73.-e) no pueden relevar a ningún Estado Miembro de las obligaciones que impone el Capítulo XI.

No satisfecho el Estado por  no informar sobre el territorio ndowé, implanta además  un régimen discriminatorio y excluyente contra los ndowé, que conlleva a que el 100% de gobernantes del territorio ndowé, son fang de un territorio distinto a Ikùmé- Mbôngó, cuyos modos sujetan al pueblo ndowé a una subyugación, dominación y explotación de los fang provenientes de otro territorio, por lo tanto extranjeros en el territorio ndowé, que constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales de los ndowé, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales; viola los derechos del pueblo ndowé asegurados en la primera Declaración de la Resolución 1514(XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 15 de diciembre de 1960 prevé:“La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales”, y quebranta los derechos ndowé resguardados en la segunda Declaración de la Resolución 1514(XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 15 de diciembre de 1960 que prevé: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.”

En el año 2009, el pueblo ndowé elaboró el "Plan Consensuado de Reconciliación Nacional y Restauración Democrática para Guinea Ecuatorial"; basado en el principio de la igualdad y la libre determinación de los pueblos y Pretendía que los pueblos ejercieran la libre determinación interna. Sin embargo, fue ignorado. Después, los mismos ndowé han puesto otras 7 propuestas más sobre la mesa y también han sido ignorados. Finalmente en el 2012, los ndowé trataron de ejercer la libre determinación de acuerdo a la primera declaración del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos que prevé:”Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.” Y fue ignorado por el Gobierno, con lo que se violaron sus derechos garantizados en los Pactos Internacionales.

En el año 2015, sin renunciar a unidad y soberanía del Estado, los ndowé peticionaron autonomía para su territorio bajo dominación fang, concediendo un tiempo para que el gobierno respondiera a sus reivindicaciones y advirtiendo que ignorarles provocaría sentimientos nacionalistas e independentistas. Fueron ignorados, con lo que el Estado  violó los derechos de los ndowé garantizados en la segunda Declaración de la 1541(XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 15 de diciembre de 1960 prevé: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.”

Agotado con creces el tiempo concedido para la respuesta del gobierno, los ndowé renunciaron a la unidad y soberanía del Estado y, amistosamente pidieron la independencia para su territorio, concediendo un tiempo para que el gobierno respondiera a sus reivindicaciones; advirtiendo de nuevo que ignorar su amistosa petición de independencia, provocaría una Declaración Unilateral de Independencia. Sin embargo, no hubo respuesta del Gobierno, con lo que se violó de nuevo los derechos de los ndowé asegurados en la segunda Declaración de la 1541(XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 15 de diciembre de 1960 prevé: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.”

Veamos ahora ¿qué es una Declaración Unilateral de Independencia y cuando es legal?

“Una declaración unilateral de independencia (DUI) es una variante de declaración de independencia establecida cuando un gobierno de una entidad constituyente de un estado soberano se declara ella misma como estado soberano, sin un acuerdo formal con el estado del cual declara su secesión.”

Tras el último desplante del Estado de Guinea Ecuatorial ignorando la amistosa petición de independencia ndowé, se reunía la Asamblea General ndowé y de ella emanaba la Resolución 0002 (EAN) de la Asamblea General del Pueblo Ndowé, del 19 de Noviembre del 2016,  que constituyó un gobierno y declaró soberano al Estado ndowésin un acuerdo formal con la República de Guinea Ecuatorial, del que se declaró secesionado.

¿Es legal la Declaración Unilateral de Independencia ndowé? Desde el punto de vista juridico y legal, una Declaración Unilateral de Independencia es legal cuando se produce en concordancia con el derecho internacional. Eso quiere decir, que se ha producido como consecuencia de violaciones de los derechos del pueblo que hizo la declaración unilateral de Independencia. Desde 1968 hasta la fecha, no haber informado en virtud del inciso e del Artículo 73 de la Carta sobre la situación de Ikùmé- Mbôngó, viola los compromisos adquiridos con la Carta de las Naciones Unidas. Imponer gobernantes fang a los ndowé en su territorio, viola el derecho ndowé a la libre determinación; en virtud de este derecho, determinen libremente su condición política y persigan libremente su desarrollo económico, social y cultural. Ignorar el ejercicio de la libre determinación de acuerdo a los Pactos Internacionales, es violar los derecho de libre determinación del pueblo ndowé garantizados en los Pactos internacionales; es violar  los derechos de libre determinación del pueblo ndowé garantizados en la Resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas; ignorar la amistosa petición de independencia de Ikùmé- Mbôngó, es violar  los derecho de autodeterminación del pueblo ndowé garantizados en las Resoluciones 1514(VX) y 1541 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 14 y 15 de diciembre de 1960. Los 15 Informes de las Naciones Unidas en materia de Violaciones de Derechos Humanos en Guinea Ecuatorial, corroboran las violaciones de DDHH, sobre la que se sustenta la Declaración Unilateral de Independencia de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé). Por lo tanto, es absolutamente legal la Declaración Unilateral de Independencia ndowé de Ikùmé- Mbôngó.

Si yo fuese Teodoro Obiang Nguema, tras la experiencia en la Corte Internacional de Justicia, llamaría inmediatamente a los ndowé a negociar los términos de la sucesión antes de que los Cascos Azules me echen a patadas de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé).

Si yo fuese fang, en primer lugar presionaría a Teodoro Obiang Nguema; le pediría que recuerde lo que hicieron los fang con los españoles echándoles de Guinea Ecuatorial, sin darles opción a recoger nada. En segundo lugar, le invitaría a recordar la experiencia que vivió ante la Corte Internacional de Justicia en su intento impedir  que Francia no juzgase a su hijo. Seguido, le forzaría a negociar los términos de la sucesión entre Ikùmé- Mbôngó y Guinea Ecuatorial, antes de que los Cascos Azules nos echen a patadas de Ikùmé- Mbôngó (País Ndowé) y lo perdamos todo.

Rafael Evita Ika

Presidente de Etomba a Ndowé

lunes, 6 de febrero de 2017

El pueblo ndowe proclama en Madrid la independencia del Ikume Mbongo (Pais Ndowé)

La organización Etomba a ndowe proclama en Madrid la independencia del Ikume Mbongo (Pais Ndowé)
3 de febrero 2017

A las 12 en punto de la mañana ha dado comienzo en un hotel muy cercano a la Puerta del Sol la ceremonia de proclamación de la independencia del Ikume Mbongo (País Ndowé). Al principio del acto había unas 15-20 personas que en las horas sucesivas han llegado a superar la treintena. Entre los asistentes había ndowés, guineoecuatorianos de otros grupos étnicos (mayoritariamente bubis) y media docena de españoles. Los ndowés presentes eran, en su gran mayoría, miembros de la entidad organizadora del acto pero los había también pertenecientes al Partido de la Coalición Democrática.

Como presentador, a lo largo de las dos horas que ha durado la ceremonia, ha actuado Teodoro Bondjale que ha empezado saludando a todos “los amantes de la justicia y de la paz” y ha identificado la ceremonia “como acto de constitución del pueblo ndowé en tanto que nación soberana”. Se ha referido al principio y muchas otras veces durante todo el acto a la “fábula de los tres hermanos”: Yoba, Bokessa y Nguema, que en un momento determinado aceptan un acuerdo de igualdad hasta que se impone “un hermano cruel que no respeta los acuerdos”.

Los demás oradores han sido (por orden de su primera intervención) Dorotea Oko, Rafael Evita, Evaristo Oko Konwe, José Luis Eñeso Kola y Miguel Rondó. Entre todos ellos han compuesto un largo relato sobre las vicisitudes políticas del pueblo ndowé.

Han iniciado la historia refiriéndose al pueblo ndowé errante por el continente africano hasta establecerse en un territorio en el que vivió independiente. Perdió el control de ese territorio a finales del siglo XIX con la aparición de los españoles que impusieron la unidad. Los fang habrían acabado violando los promesas de igualdad formuladas en la primera etapa e imponiendo “una convivencia bárbara e imposible”. Han calificado el periodo posterior como “holocausto impuesto por la etnia fang”, caracterizado por la expropiación de los bienes de los ndowés y por su exclusión del gobierno de los territorios comunes y del territorio propio de los ndowés. Han señalado específicamente la exclusión de los ndowés del ejército y de las fuerzas de seguridad y su exclusión, también, de los programas de becas.

“El diabólico plan  de exterminio y exclusión del pueblo ndowé” se habría organizado en 10 fases sucesivas, plenamente conscientes, que habrían supuesto la eliminación de políticos y profesionales, la expulsión de los ndowés de sus territorios ancestrales.

Los ndowés habrían sobrevivido políticamente a los periodos más duros de “la dictadura fang” y habrían trabajado junto con el resto de la oposición política. En el último periodo de actividad política han destacado, entre otros los hechos siguientes, la creación de la Coalición Ceiba en 2011 a iniciativa de los ndowés y han señalado que en el “Diálogo Nacional de 2015 se ignoró al pueblo ndowé”. Han señalado reiteradamente la existencia de “políticas conscientes y premeditadas de exterminio del pueblo ndowé por parte del Estado de Guinea Ecuatorial, pese a las cuales han mantenido sus anhelos de libertad e igualdad”.

Se habrían dirigido reiteradamente al gobierno de Obiang planteándole sus reivindicaciones. En 2015 habrían pedido la instauración de un gobierno autónomo para el territorio ndowé (que identifican con la provincia de Litoral), advirtiendo que si no se atendían sus peticiones, pasarían a reivindicaciones de carácter independentista. “No hubo respuesta a estas peticiones”. En 2016 pasaron a plantear la independencia “por vías políticas y pacíficas”. “El gobierno y el Estado fang” habrían vuelto a no hacerles caso.

Estas peticiones sucesivas, junto con la permanente violación de los derechos del pueblo ndowé y el conocimiento de las numerosas resoluciones de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos, y en especial del derecho de autodeterminación, más la creencia de que el pueblo ndowé reúne las características que consideran suficientes para la constitución de un Estado (territorio diferenciado, cultura e idioma propios, partidos políticos también distintos…), les han convencido de la necesidad de recurrir al “derecho de secesión” que se concreta en el acto de hoy de proclamación de su independencia, una independencia que se planteará en el ámbito de la Organización de Naciones Unidas.

La declaración de Independencia (“a partir de las 0 horas del día de hoy”), se acompaña de la difusión  de una serie de proyectos políticos inmediatos: formación de un gobierno de unidad nacional y redacción de una constitución para el nuevo Estado.

Estos proyectos se consideran ligados a ideas muy alejadas de lo que ha sido la realidad bajo el “Estado fang” entre las que han destacado: tolerancia política, respeto a la separación de poderes, respeto a la doctrina de Naciones Unidas y a las leyes internacionales…

Se han dado también a conocer los nombres de las personas que ocupan los cargos fundamentales de este nuevo Estado. El Presidente del Ikume Mbongo (País Ndowé) es Miguel Rondo (74 años, residente en Madrid) y el Primer Ministro es José Luis Eñeso Kola (residente también en España).

Rafael Evita  ha hecho entrega de la bandera y del pentagrama del himno del Ikume Mbongo a Miguel Rondo que a su vez los ha pasado a Eñeso Kola.  Se ha desplegado la bandera y se escuchado el himno con todos los asistentes puestos en pié.

Teodoro Bondjale ha hecho un sentido recordatorio de todas las personas muertas o asesinadas en todo este periodo de resistencia.

En el momento en el que se ha hecho efectivo el nombramiento de Eñeso Kola, Miguel Rondó  le ha dado lo que parece ser el lema del modo de gobernar del nuevo Estado: El poder se comparte siempre.

Eñeso Kola ha afirmado que la acción de las nuevas instituciones se hará notar desde el día de hoy y que sus objetivos inmediatos serían: resolver la pertenencia a las Naciones Unidas y a las demás instituciones internacionales y convertirse en una referencia para la democracia en África Central.

A continuación se ha rezado una oración en ndowé y en castellano.

El acto se ha cerrado con unas palabras de Miguel Rondó que ha hecho referencia a su intención de pedir al gobierno de Guinea Ecuatorial una transferencia pacífica de poderes.

Finalmente se ha servido un refrigerio en un local anejo al salón en el que se ha celebrado la ceremonia anterior.


miércoles, 1 de febrero de 2017

Êtômbâ â Ndôwé: 3 DE FEBRERO, ACTO SOLEMNE DE LA PROCLAMACIÓN OFICIAL DE INDEPENDENCIA DE IKÙMÉ- MBÔNGÓ (PAÍS NDOWÉ)

ACTO SOLEMNE DE LA PROCLAMACIÓN OFICIAL DE INDEPENDENCIA DE IKÙMÉ- MBÔNGÓ (PAÍS NDOWÉ)

Haga clic a la tarjeta para mejor verla

Nota de Prensa de Êtômbâ â Ndôwé: 3 de febrero 2017, proclamación oficial de independencia de Ikùmé- Mbôngó (País ndowé)

Ikùmé- Mbôngó  (País  Ndowé) 
NOTA DE PRENSA

La Resolución 0001 (EAN) del 19 de marzo 2016 que resolvió  que el pueblo ndowé renunciase al  derecho  a  la  unidad  y  soberanía  del  Estado,  y  presentase  una  petición  de Independencia  de  su  territorio  Ikùmé- Mbôngó  (País  Ndowé)  ante  Gobierno  de  la República de Guinea Ecuatorial, previniendo que relegar la amistosa petición ndowé provocaría una declaración unilateral de independencia del pais ndowé, emanó de la Asamblea General del Pueblo Ndowé del 19 de marzo 2016. Durante largos ocho meses, el Gobierno familiar, tribal, étnico y excluyente de la República de Guinea Ecuatorial arrinconó la advertencia y ello obligó a que el 19 de noviembre de 2016, se reuniera de nuevo la Asamblea General del Pueblo Ndowé, y desarrollara en su plenitud el  punto 27, CUARTO, de la  Resolución 0001 (EAN) del 19 de marzo del 2016, para dar respuesta al desplante del Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial. De dicha Asamblea, derivó la  Resolución 0002 (EAN) del 19 de noviembre del 2016, cuyas disposiciones,  autorizaron:

UNO: Completar el proceso constitucional.

DOS: La formación de Gobierno de Salvación Nacional.

TRES: Declarar Unilateralmente la independencia de Ikùmé- Mbongó (Pais Ndowé).

De acuerdo con su tradición pacifica reivindicativa  y con los principios de la Carta de las Naciones Unidas, la Asamblea General reconoció al Gobierno de Salvación Nacional, proclamó la independencia definitiva del territorio y se señaló el 3 de febrero 2017 como fecha de la declaración oficial de la independencia de Ikùmé- Mbongó (Pais Ndowé).  Con aquellas disposiciones se ponía fin a la dominación neocolonial llevado a cabo por la República de Guinea Ecuatorial sobre Ikùmé- Mbôngó y el pueblo ndowé.

Habiendo satisfecho la Comisión Constituyente todas las disposiciones de la Resolución 0002 (EAN) del 19 de noviembre del 2016, hacemos saber a todos los pueblos de buena voluntad del mundo, que el próximo dia  3 de febrero 2017, es la fecha de la Declaración Oficialmente de Independencia de Ikùmé- Mbôngó (Pais Ndowé).

Oficina del Primer Ministro del Gobierno  de Ikùmé- Mbôngó (Pais Ndowé).

01 de febrero 2017