“Informe
de los Aspectos Legales y Jurídicos de una inminente Declaración Unilateral de
Independencia de Ikùmé- Mbongó (País Ndowé) y el Derecho Internacional/ 2016”
2.- La
cuestión de las sistemáticas violaciones de los derechos del pueblo ndowé. Fase VIII- “La exclusión del pueblo ndowé”, Etapa (b)
Los 38 años de exclusión
ndowé en el nuevo régimen y distintos Gobiernos de la
República de Guinea Ecuatorial desde 1979 hasta nuestras fechas, párrafo, II.- 10.
10.- Tras más de 48 años de no ser
considerados nacionales de la República de Guinea Ecuatorial, no se ha contado
nunca con nosotros a la hora de la toma de decisiones políticas, sociales,
económicas, ni laborales. Nuestro clamor de LIBERTAD, IGUALDAD,
DEMOCRACIA Y JUSTICIA, provoca sentimientos amenazantes de ¡HACERNOS
DESAPARECER! o, pagar nuestras familias por nuestro atrevimiento a decir la
verdad, con acciones del ejército nacional. Lamentablemente dichas amenazas no
llegan solo del régimen tiránico neocolonialista, sino de personas de la etnia
Fang que alardean ser políticos y demócratas, si no nos sometemos a la
exclusión. Esa es la previsión que nos tiene reservada el Gobierno de la
República de Guinea Ecuatorial. Eso piden las voces de los gobernantes más
extremistas y adelantan un presagio “LOS NDOWÉ QUE SE RESISTAN A LA
SUPREMACÍA FANG PERECERÁN”, cuando llevan 48 años matándonos
poco a poco, siendo que en esta República de Guinea Ecuatorial, los
territorios ancestrales ndowé son el segundo territorio más grande en
extensión con 12. 017 km²; las personas de la etnia Ndowé,
somos la segunda o, tercera etnia de mayor número de individuos, y el
territorio ndowé, es de los más ricos, no estamos satisfechos de
que nos engloben en un macabro y sucio concepto “somos un
Pueblo” en Guinea Ecuatorial, para ocultar la exclusión de que
somos víctimas. Ahora pese a haber denunciado la exclusión a la que se
está sometiendo a nuestro pueblo desde 1971 por los distintos Gobiernos
fang de la República de Guinea Ecuatorial, el Gobierno nos mantiene
fuera del órgano de representación territorial que es el Senado.
Para ocultar a la opinión pública
internacional la negativa del Gobierno de otorgarnos el lugar que nos
corresponde ocupar como un pueblo con territorio propio en consecuencia,
nacionales del país, insiste en que “SOMOS UN PUEBLO” y
así nos impide expresar nuestra condición política y prever nuestro
desarrollo económico, social y cultural. Lo que es contrario a la
satisfacción de los derechos civiles y políticos del pueblo ndowé, viola por lo
tanto las previsiones del Artículo 21.-1) de la
Declaración Universal de los derechos Humanos que prevé: “Toda
persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o
por medio de representantes libremente escogidos” ; y vulnera el Artículo 22 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos que prevé: “Toda
persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a
obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional y en
conformidad con la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción
de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad
y al libre desarrollo de su personalidad.”
Se nos ha dejado fuera de los
órganos de gobernabilidad de Guinea Ecuatorial y de nuestro territorio al estar
este gobernado al 100% por los fang, en violación del Artículo 21.-1)
de la Declaración Universal de los derechos Humanos que prevé: “Toda
persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o
por medio de representantes libremente escogidos”; fuera
de los Estamentos del Estado, en violación del Artículo
21.-2) de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que prevé: “Toda
persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones
públicas de su país.”. Véase “E/CN.4/2002/40”, del 24 de
enero de 2002, I. SUPERVISIÓN DE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS,
I.1. DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS, página 17, titulo E. Derechos a la
igualdad y a la autodeterminación (discriminación racial), punto (44),
línea 8 dice: “El Representante Especial también ha recibido
denuncias de trato discriminatorio ejercido sobre otras etnias de Guinea
Ecuatorial, como las personas de la etnia Ndowé, y los Bissió (que habitan el
litoral de la provincia de Río Muni), los Benga (oriundos de las islas de Corisco
y Elobeyes)…”.
Por otro lado, el 29 de
Julio de 2012 CPDS, entonces el único partido de oposición con
representación parlamentaria en el país denunciaba en el último
párrafo pagina 2, de un COMUNICADO sobre el nuevo Gobierno
del Presidente Obiang: “La concepción de utilidad personal que tiene
el Presidente queda reflejada en sus sucesivos Gobiernos con la discriminación
regionalista, tribal, étnica y de género. La representación étnica aparece
“cero” en detrimento de las personas de la etnia Ndowé…”. Lo que
corrobora las violaciones que denunciamos en la
República de Guinea Ecuatorial, de los derechos del pueblo ndowé consagrados
en el Artículo 21.-2) de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos que prevé: “Toda persona tiene el derecho de acceso,
en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
Continúa
con la Fas IX-“Ahogamiento
del pueblo ndowé”
Oficina de Información y Prensa
de Etomba a Ndowé
Extraído del Informe el 19/12/2016
Ciudad Vilangwa