Continuamos entonces.
La Parte III, del
Artículo 6. 1 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece: “Los Estados Partes en el presente Pacto
reconocen el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a
tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido
o aceptado, y tomarán medidas adecuadas para garantizar este derecho. “Sin embargo, al privar a Weja Chicampo
del derecho de entrar en su país donde residente habitualmente, ejerciendo la
labor que le permite ganarse la vida, Guinea Ecuatorial viola el Artículo 6. 1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales. Y dado que los hijos y la familia de Weja Chicampo se mantienen
con su trabajo, al impedirle el gobierno de Guinea Ecuatorial entrar a su país,
somete a su familia a pasar hambre y miseria, con lo que viola por completo el Artículo 7. a, ii, del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que
establece: “Los Estados Partes en el
presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de
trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial, una
remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores unas
condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias conforme a las
disposiciones del presente Pacto.”
Al impedir el gobierno del Estado la entrada a Weja
Chicampo a su país, con premeditación se desprotege bajo el R2P a su
familia, lo que supone otra grave violación con la obligación de proteger que
tienen todos los Estados hacia sus ciudadanos. Una obligación que de hecho,
antes de que fuera adoptada por todos los países del mundo, fue esbozada por
primera vez en la reunión constitutiva de la Unión Africana en el año 2000 y
recogido en su Acta fundacional; posteriormente, los principios de R2P fueron
adoptados por la ONU en septiembre de 2005. Durante las negociaciones de la
Cumbre Mundial de 2005, la R2P recibió un apoyo crucial por parte de gobiernos
de América Latina, Asia y África. Más recientemente, durante el debate de la
Asamblea General de la ONU (AG) en julio de 2009 con respecto a R2P, gobiernos
de todas las regiones levantaron su voz en apoyo a la norma y exigieron su
pronta implementación a nivel internacional, regional y nacional. Sin embargo, energúmeno
Teodoro Obiang Nguema Mbasogo, quien fue incluso presidente de la UA solo para
lavar su sucia imagen, no se enteró absolutamente de nada; porque tanto en
el caso de Clare Nsegue Eyí como en el de Weja Chicampo, los
desprotege juntamente con sus respectivas familias, con lo que Guinea
Ecuatorial contraviene con la responsabilidad de proteger (R2P) que tienen
todos los Estados con sus ciudadanos.
La causa del martirio de Clare Nsegue Eyí como en
el de Weja Chicampo en manos del tirano y su gobierno, es porque son
políticos contrarios a él. Y la represalia que ha tomado el dictador causa
intencionadamente graves sufrimientos y atenta contra la salud mental de ellos
y la de sus familias; por lo que los actos del Estado con el dictador en cabeza
están clasificados dentro del grupo denominado como "crímenes de lesa
humanidad". Este delito quedó tipificado en EL ESTATUTO DE LA CORTE PENAL
INTERNACIONAL O ESTATUTO DE ROMA y entró en vigor desde 1998, aunque pasó a ser efectivo a partir del
01 de julio de 2002. En la actualidad 139 países lo han firmado, pero solo 107
lo han ratificado; entre ellos, Guinea Ecuatorial. En este Estatuto se
establece una Corte Penal Internacional permanente con sede en La Haya, que es
la que atiende los delitos de lesa humanidad. El Estatuto de Roma forma parte
del ordenamiento jurídico de Guinea Ecuatorial, puesto que para adherirse a
él, el Congreso Nacional debió aprobarlo y ser publicado en el Registro Oficial
correspondiente. Otra cosa es, que la tiranía no entiende de Congresos
Nacionales ni respeta la voluntad popular. No obstante, eso no le esgrime del
cumplimiento del ESTATUTO DE LA CORTE
PENAL INTERNACIONAL O ESTATUTO DE ROMA y de hecho, cuando se ha visto acosado por la justicia Francesa el hijo
del tirano Teodoro Obiang Nguema Mbasogo, él que se burla por sistema de la Constitución, de las Leyes,
Tratados y Convenciones Internacionales, acudió a la Corte
Internacional de Justicia, en busca de amparo del EL ESTATUTO DE LA
CORTE PENAL INTERNACIONAL O ESTATUTO DE ROMA. Pero, lo mandaron al carajo.
¡Menos mal!
Rafael Evita Ika
Presidente de
Êtômbâ â Ndôwé- Partido del Pueblo Ndowé