miércoles, 4 de enero de 2012

Rafael Evita Ika:EL PROCESO REQUERIDO PARA OBTENER APOYO Y RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL.

EL PROCESO REQUERIDO PARA OBTENER APOYO Y RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL.

LAS BASES SON:

a).- Que sea estrictamente una iniciativa de los “Pueblos” oprimidos, discriminados, abusados, violados, amenazados de extinción. Art. 25 del derecho de los Pueblos. Cuando se dan estas circunstancias la ONU TOMA CARTAS EN EL ASUNTO.

b).- Indicios claros de violación de los Derechos Humanos, denunciados por los Pueblos. Art. 21.1, 1.1.

c).- Violación de la Resolución 2625 Asamblea General de la ONU “Principios de igualdad y de libre determinación de los Pueblos (ejercidos).

d).- Violación del principio de igualdad en la libre determinación de los Pueblos

e).- Una vez ejerciendo dichos derechos de manera inequívoca, solicitar reconocimiento (esto es el gobierno de Salvación Nacional) véase ejemplo de la autoridad Palestina en el exilio.

f).- La violación de la Responsabilidad de Proteger (R2P) A/63/677 del 12 de Enero del 2009), ratificado el 12 de Julio del 2011 por la Asamblea General de las Naciones Unidas

1.- La ONU, Estados, Organizaciones Internacionales “como Pueblos” (La ONU no reconoce a Partidos Políticos ni a ciudadanos) La ley Inglesa es muy clara y ha de ser “Pueblos” (ejemplo: caso Palestina).

2.- Solicitar ayuda a la ONU como Pueblos, para retornar y dirigir los destinos del país. Véase el ejemplo de Palestina, donde se constituyó la autoridad Palestina en el exilio, y fue reconocido como tal.

3.- Solicitar ayuda Internacional bajo la resolución 2625 de la Asamblea General de la ONU ejemplos como Egipto, Túnez, Libia en 2011. Si no se hace así, jamás obtendremos ayuda de la ONU. Véase por el ejemplo el caso “SIRIO” se han rebelado, han muerto muchos, pero la Comunidad internacional no reacciona simplemente por dos razones.

I.- Los Sirios actúan como ciudadanos enfadados, desorganizados, y fuera de los requerimientos de las leyes internacionales para recibir ayuda internacional.

II.- No actúan como Pueblos ejerciendo su libre determinación.

Exactamente lo mismo que ha venido ocurriendo en Guinea Ecuatorial; pese las matanzas habidas desde 1968, las denuncias hechas tanto por la Oposición política como por Organizaciones Internacionales, nada ha ocurrido. Véase también el caso del gobierno en el exilio del Sr. Severo Moto que después de varios años de su auto-constitución, no ha recibido respuesta alguna de ningún gobierno ni de la Comunidad Internacional, y no somos capaces de preguntarnos seriamente, ¿por qué no reacciona la Comunidad Internacional? Pues analizando las previsiones de la ONU, nos encontramos con dos razones que explican que la tiranía de Teodoro Obiang Nguema Mbasogo haya durado tanto tiempo, y esas razones son las siguientes:

a).- Los Pueblos de Guinea Ecuatorial tan maltratados, maltrato reconocido por la propia Comunidad Internacional incluso, jamás se han organizado como Pueblos y pedido ayuda a la Comunidad Internacional. Si lo hubieran hecho, habrían recibido respuesta porque la Comunidad Internacional prevé bajo estatutos y leyes internacionales prestar ayudar a los Pueblos maltratados que lo soliciten, para derrocar gobiernos. Véase el caso Libia.

b).-El gobierno del Sr. Moto es un gobierno de un partido político (PP). Las leyes que rigen a la Comunidad Internacional no prevén bajo ningún concepto ayudar a partidos políticos, para derrocar gobiernos.

c).- El gobierno del Sr. Moto, no es un gobierno de los Pueblos para que reciba amparo bajo la resolución 2625 de la ONU como lo recibiera el gobierno de Transición Libio, que sí se constituyó como gobierno de los Pueblos Libios.

Finalmente aclarar que dicha intervención de la Comunidad Internacional se sustenta en la R2P que afirma que: “Cada Estado es responsable de proteger a su población del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los “crímenes de lesa humanidad” y cuando algún Estado en negligencia tolera, potencia o falla de proteger a los Pueblos, la Comunidad Internacional tiene la obligación de socorrer a los Pueblos de dichos Estados.

El R2P ha sido violado en Guinea Ecuatorial durante 43 años, porque el gobierno ha potenciado el genocidio contra la población, los crímenes de depuración étnica y los “crímenes de lesa humanidad”, del mismo modo el gobierno ha incitado a la comisión de dichos delitos contra los Pueblos Ndôwé, Bubi, Bissió, Ambo, kirió y Fang de distinto clan, tribu y contrarios al PDGE del dictador. En consecuencia la ONU debe intervenir en defensa de los Pueblos de Guinea Ecuatorial tal cual ocurriera en los recientes acontecimientos en Libia, donde el coronel Gadafi violando el RP2 se propuso buscar como ratas a los pueblos Libios para exterminarlos y la ONU tuvo que utilizar la violación de las previsiones de la RP2 para oredenar la requerida defensa de los Pueblos Libios, cuando así lo necesitaron; incluso con el uso de la fuerza militar como último recurso para proteger a los Pueblos Libios.

Concluyendo, podemos afirmar que para que tengamos ese reconocimiento Internacional y la consecuente ayuda para sacar a Obiang del poder, ya que el Art. 2 de la Constitución de Guinea Ecuatorial otorga la soberanía a los pueblos y esos pueblos son los Ndôwé, Ambo, Bubis, Fang, Bissió, en los Art. 61 y 62 establecen que los pueblos delegan a sus representantes en la cámara de representación de los pueblos y respectivamente que la Cámara es el órgano legislativo de Guinea Ecuatorial, habida cuenta de que el tirano tiene secuestrada esta Institución:

a).- Los pueblos Ndôwé, Ambo, Bubis, Fang, Bissió y la Comunidad Kirió, haciendo uso de las facultades que nos confieren los Art, 2, 60 y 61 de la Constitución vigente en Guinea Ecuatorial, legislar y convertir el Plan Consensuado de Reconciliación Nacional y Restauración Democrática para Guinea Ecuatorial en Ley. Eso quiere decir, firmar dicho Plan.

b).- Y como el tirano al recibir dicho Plan respondió secuestrando y asesinando a cuatro hermanos, y le declaramos persona “Non grata”, por lo tanto, ya no es interlocutor válido y aplicamos la Disposición Transitoria Única del Plan Consensuado de Restauración Democrática para Guinea Ecuatorial, que sanciona inhabilitando al tirano como Presidente y anula el resto de las previsiones del dicho Plan Consensuado.

c).- Aquí aparece AMBIBUNDFA que es el Manifiesto Político de los Pueblos de Guinea Ecuatorial, que recoge la fórmula para la refundación de un Estado nuevo, que reconozca y respete todas las sensibilidades y establecer una democracia Federal en el país. Por ello lo consideramos la revolución organizada de los pueblos de Guinea Ecuatorial que nace como consecuencia de la aplicación de la Disposición Transitoria Única y el Plan Consensuado de Reconciliación Nacional y Restauración Democrática para Guinea Ecuatorial.

Haciéndolo de este modo, no cabe duda alguna que obtendremos el apoyo Internacional para acabar con la tiranía de Guinea Ecuatorial.

No obstante, cabe aclarar que habida cuenta que en un país multiétnico como Guinea Ecuatorial, donde conviven varios Pueblos, Fang, Bubi, Ambo, Bissió, Ndôwé y los Kirió, y prácticamente cada Pueblo tiene su territorio, dispares y distantes en espacio, ideologías, costumbres, y lo mas importante no estamos obligados a vivir juntos, la mayoría, contrariamente a lo que engañosamente han ventilado algunos, para mantener aterrorizados a los demás, es el mayor consenso entre sus Pueblos y no el Pueblo de mayor número de individuos, basta con ese consenso entre el mayor número de Pueblos del país, víctimas de la sin razón, violaciones de sus derechos fundamentales, expuestos al exterminio calculado y puesto en marcha, para que esa mayoría sea capaz de obtener la ayuda internacional que cree cambios drásticos en esta maldita Guinea Ecuatorial. Y si la minoría real resultante del consenso del mayor número de los Pueblos se realiza y se queda fuera el Pueblo Fang, además se niegan a aceptar el consenso de esta mayoría de los Pueblos del país, la solución es muy fácil, pues se quedan solos mientras esta mayoría de los Pueblos configuran un nuevo Estado entre ellos.

AMBIBUNDFA beneficia más a los Fang que a cualquier otro Pueblo de Guinea Ecuatorial, sin embargo la negativa Fang a suscribir AMBIBUNDFA, sólo indica que no quieren resolver Guinea Ecuatorial de manera que beneficie igualitariamente a todos los Pueblos. Sabiendo que todos ellos quieren gobernar al mismo tiempo, y que se tienen miedo porque saben que cualquiera de ellos que llegase al poder, gobernaría el país exactamente igual que lo hace Teodoro Obiang Nguema Mbasogo; eso quiere decir, gobernar con su clan, tribu y finalmente con los de su etnia afines, dejando de nuevo a los demás Pueblos en el abandono como hasta ahora.

Próximamente publicaremos un artículo documentado sobre la aseveración hecha: “AMBIBUNDFA, que es el manifiesto de aplicación de la Disposición Transitoria Única del Plan Consensuado de Reconciliación Nacional y Restauración Democrática para Guinea Ecuatorial, y beneficia más a los Fang que a cualquier otro Pueblo de Guinea Ecuatorial”.

Rafael Evita Ika
Presidente de Êtômbâ â Ndôwé-Partido del Pueblo Ndôwé.