martes, 11 de junio de 2013

Rafael Evita Ika: Parte -II- ¿Qué validez tiene la ratificación del Tribunal Constitucional de Guinea Ecuatorial, a los resultados del gobierno en las elecciones del 26-M?

Terminábamos la parte-I- de este artículo diciendo en el punto UNO: Pese a que el Artículo 15º inciso 1 del TÍITULO PRIMERO, PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL ESTADO de la Constitución de Guinea Ecuatorial castigaba por la Ley cualquier acto de parcialidad o de discriminación debidamente constatado por motivos tribales, étnicos, sexo, religiosos, sociales, políticos, corrupción u otros y, el inciso 2 castigaba por ley los actos de corrupción, la discriminación y exclusión Ndowe en la gobernabilidad era patente, los miembros de la familia del tirano son corruptos y perseguidos internacionalmente por corrupción, pero para el Tribunal Constitucional no había delito punible ni anticonstitucionalidad alguna, por ello que permanecía callado.

DOS: Mientras el Artículo 21º del mismo título arriba indicado establece: “Todo ciudadano tiene el deber de respetar, cumplir y defender la Ley fundamental y el ordenamiento jurídico de la Nación”, el tirano bandido que considera que la Constitución no le atañe, pisotea el Artículo 51º inciso a, del CAPÍTULO III, DEL CONSEJO DE MINISTROS de la Ley Fundamental, que establece: “Son Miembros del Gobierno, junto con el Presidente de la República y Jefe de Gobierno, el Vice-Presidente de la República.” Y tiene como miembro del gobierno a su hijo como Vicepresidente II, cuando la Ley Fundamental habla de un solo vicepresidente. Ante tal hecho, el Tribunal Constitucional no ve anticonstitucionalidad en el establecimiento de un cargo vicepresidente II  que no comtempla la Constitucion de Guinea Ecuatorial, por lo tanto, optó por mirar hacia otro lado.

TRES: El inciso 3 del Artículo 30º del TÍITULO PRIMERO, PRINCIPIOS FUNDAMENTALES de la Constitución establece: “La propiedad es inviolable, ninguna persona puede ser privada de sus bienes y derechos, salvo por causas de utilidad pública y correspondiente indemnización.” Sin embargo, el tirano bandido y su familia expropian a quien les dé la gana sin indemnización alguna, mientras ese Tribunal Constitucional nombrado a dedo por el tirano considera que nada anormal ocurre.

CUATRO: El CAPÍTULO II, DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, Artículo 33º.- 3 establece: “El Presidente de la República está asistido de un Vicepresidente de la República, en quien puede delegar algunas de sus funciones Constitucionales.” Sin embargo, el tirano bandido lleva nombrado y manteniendo a su hijo Teodoro Nguema Obiang Mangue en un cargo de Vicepresidente II, de manera anticonstitucional porque la Constitución no contempla dicho cargo. El Tribunal Constitucional de Guinea Ecuatorial está missing y no ve anticonstitucionalidad alguna.

Es tan clara en estos pocos ejemplos aquí expuestos la violación que hace el tirano bandido de la ley Fundamental, que les puedo asegurar que viola igualmente por sistema toda la Ley Fundamental, mientras los estómagos agradecidos del Tribunal Constitucional miran a otra parte. En vista de que esto explica de manera contundente que el tirano bandido viola la Constitución con total impunidad, porque tiene absolutamente secuestrados todos los poderes del Estado, responderemos a la pregunta del título de este artículo matizando antes: habida cuenta de que Teodoro Obiang Nguema Mbasogo es el mismo Estado, es jefe del Estado, es presidente de la República, el es el primer magistrado de la Nación, Artículo 92º; es presidente del Consejo Superior del Poder Judicial y nombra a sus seis miembros, Artículo 96º.- 1.; nombra al presidente y a los miembros de la Corte Suprema de Justicia; nombra al Fiscal General de la República y a los Fiscales Generales Adjuntos Artículo 100º.-1; nombra al Presidente y a los cuatro miembros del Tribunal Constitucional, ¿qué validez tiene la ratificación del Tribunal Constitucional de Guinea Ecuatorial, a los resultados sobre la victoria del PDGE (partido del presidente), en las elecciones del 26-M? La respuesta es inminente y contundente; pues absolutamente ninguna validez, puesto que los miembros del Tribunal Constitucional comen de la mano del tirano bandido Teodoro Obiang Nguema Mbasogo y en agradecimiento, miran hacia otro lado mientras el tirano bandido pisotea la Constitución como hemos demostrado. En consecuencia, es de asumir que miraron hacia otro lado cuando el tirano bandido montaba el fraude electoral del 26-M y, han mirado hacia otro lado, mientras el ministro del interior se encerró en su despacho durante 4 días, con las actas, papeletas manipulando los resultados de los comicios.

Es tan cierta esta aseveración, que el tirano bandido anunció la aplastante victoria de su partido antes del recuento de los votos, anuncio confirmado posteriormente por el ministro del interior y ¿cómo no? Ratificado el fraude por los esbirros del Tribunal Constitucional (TC), que en vez de llamarse así dicho órgano, debería llamarse, Tramposos Comprados (TC).

Rafael Evita Ika
Presidente de Etômbâ â Ndôwé- Partido del Pueblo Ndowé