Ref: Solicitud de Autonomía de IKÙMÉ-MBÔNGÓ, Territorio No Autónomo en
la República de Guinea Ecuatorial.
Sr.
Primer Vice primer Ministro,
En el
nombre del Pueblo
Ndowé , Êtômbâ
â Ndôwé - Partido del
Pueblo Ndowé ; que es la
organización que aglutina
a todas las
fuerzas políticas Ndowé
prohibidas por ley
en Guinea Ecuatorial, y las
organizaciones Sociales Ndowé
para mejor defender
los intereses de
nuestro pueblo, con el debido respeto al gobierno de la República de
Guinea Ecuatorial:
1.- La Conferencia de Berlín de 1885 dividió el continente
africano sin el consentimiento de los africanos. Las potencias europeas crearon
muchas colonias en África que
obligaron cultural y
lingüísticamente a diferentes pueblos, grupos étnicos africanos con diferentes
visiones del mundo a vivir juntos
bajo una sola
autoridad colonial. Durante
muchos años de
colonialismo, las potencias
europeas mantuvieron la paz entre los grupos étnicos africanos a través del
dominio y el uso de la fuerza de ocupación Colonial. La enemistad
entre los distintos
pueblos de los
territorios españoles del
Golfo de Guinea
fue brutalmente reprimida durante la época colonial por los
colonizadores españoles. Esta opresión colonial obstaculizó los planes de
ciertos grupos étnicos africanos para exterminar a sus rivales y enemigos
étnicos en los territorios Españoles del Golfo de Guinea.
Después de la Segunda Guerra Mundial, la ONU promulgó el 26 de junio 1945 la CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS que entró en vigor el 24 de Octubre de 1945. Posteriormente, la Resolución 1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1960 obligó a los colonizadores europeos a conceder la independencia a sus Colonias y Territorios No Autónomos y para los grupos étnicos y los pueblos considerados súbditos coloniales.
2.- Cuando los poderes coloniales europeos concedieron la independencia a sus territorios africanos, se previeron que la Conferencia de Berlín les había dado el control colonial sobre, distintos territorios africanos habitados por distintos pueblos y grupos étnicos, que fueron luego obligados a vivir juntos en una sola colonia. En el momento de la concesión de la independencia de muchas colonias africanas, lo que se debería haber hecho primero es el restablecimiento de la soberanía de cada grupo étnico africano en su territorio ancestral. De ese modo, se habría evitado los conflictos étnicos, masacres y genocidios que están plagando muchos países africanos poscoloniales, así como las posteriores situaciones de neocolonialismos africanos después de la independencia de cada territorio ancestral africano.
3.- Primer Vice primer Ministro, Encargado del Sector Político, Democracia y Ministro del Interior y Corporaciones Locales del gobierno de Guinea Ecuatorial, el resultado de la división aleatoria de África que tuvo lugar durante la Conferencia de Berlín de 1885 es que, en la actual África post- colonial, los deseos de ciertos grupos étnicos africanos por exterminar a otros grupos étnicos africanos en sus tierras ancestrales se están cumpliendo. Después de la independencia de muchas colonias africanas durante la década de 1960, varios gobiernos étnicos africanos han fomentado antiguas animosidades entre los distintos pueblos africanos, dando lugar a la discriminación, las atrocidades, masacres y limpiezas étnicas en varios estados africanos independientes. Estos grupos étnicos africanos en el poder en muchos Estados africanos, y específicamente la etnia fang en Guinea Ecuatorial, han utilizado la Independencia concedida en virtud de la Resolución 1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1960, a los diferentes territorios españoles del Golfo de Guinea que hoy forman la República de Guinea Ecuatorial, y han impuesto un neocolonialismo sobre nosotros, que rechaza cualquier tipo de Autonomía para nuestro territorio, IKÙMÉ-MBÔNGÓ. La etnia fang gobierna IKÙMÉ- MBÔNGÓ, el territorio ndowé, con mano de hierro. Nuestro Pueblo Ndowé se encuentra atrapado en un Estado tenaz que nos excluye en la gobernabilidad de nuestro propio territorio, como si IKÙMÉ-MBÔNGÓ fuera una colonia Fang, olvidándose ustedes los gobernantes fang que Guinea Ecuatorial, que Guinea Ecuatorial es miembro de la Naciones Unidas y que de acuerdo con el artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas: "Los miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio reconocer el principio de que el intereses de los habitantes de esos territorios están por encima, y aceptan como un encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible, dentro del sistema de paz y seguridad establecidos por la presente Carta, el bienestar de los habitantes de estos territorios internacional y, para tal fin:
Después de la Segunda Guerra Mundial, la ONU promulgó el 26 de junio 1945 la CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS que entró en vigor el 24 de Octubre de 1945. Posteriormente, la Resolución 1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1960 obligó a los colonizadores europeos a conceder la independencia a sus Colonias y Territorios No Autónomos y para los grupos étnicos y los pueblos considerados súbditos coloniales.
2.- Cuando los poderes coloniales europeos concedieron la independencia a sus territorios africanos, se previeron que la Conferencia de Berlín les había dado el control colonial sobre, distintos territorios africanos habitados por distintos pueblos y grupos étnicos, que fueron luego obligados a vivir juntos en una sola colonia. En el momento de la concesión de la independencia de muchas colonias africanas, lo que se debería haber hecho primero es el restablecimiento de la soberanía de cada grupo étnico africano en su territorio ancestral. De ese modo, se habría evitado los conflictos étnicos, masacres y genocidios que están plagando muchos países africanos poscoloniales, así como las posteriores situaciones de neocolonialismos africanos después de la independencia de cada territorio ancestral africano.
3.- Primer Vice primer Ministro, Encargado del Sector Político, Democracia y Ministro del Interior y Corporaciones Locales del gobierno de Guinea Ecuatorial, el resultado de la división aleatoria de África que tuvo lugar durante la Conferencia de Berlín de 1885 es que, en la actual África post- colonial, los deseos de ciertos grupos étnicos africanos por exterminar a otros grupos étnicos africanos en sus tierras ancestrales se están cumpliendo. Después de la independencia de muchas colonias africanas durante la década de 1960, varios gobiernos étnicos africanos han fomentado antiguas animosidades entre los distintos pueblos africanos, dando lugar a la discriminación, las atrocidades, masacres y limpiezas étnicas en varios estados africanos independientes. Estos grupos étnicos africanos en el poder en muchos Estados africanos, y específicamente la etnia fang en Guinea Ecuatorial, han utilizado la Independencia concedida en virtud de la Resolución 1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1960, a los diferentes territorios españoles del Golfo de Guinea que hoy forman la República de Guinea Ecuatorial, y han impuesto un neocolonialismo sobre nosotros, que rechaza cualquier tipo de Autonomía para nuestro territorio, IKÙMÉ-MBÔNGÓ. La etnia fang gobierna IKÙMÉ- MBÔNGÓ, el territorio ndowé, con mano de hierro. Nuestro Pueblo Ndowé se encuentra atrapado en un Estado tenaz que nos excluye en la gobernabilidad de nuestro propio territorio, como si IKÙMÉ-MBÔNGÓ fuera una colonia Fang, olvidándose ustedes los gobernantes fang que Guinea Ecuatorial, que Guinea Ecuatorial es miembro de la Naciones Unidas y que de acuerdo con el artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas: "Los miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio reconocer el principio de que el intereses de los habitantes de esos territorios están por encima, y aceptan como un encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible, dentro del sistema de paz y seguridad establecidos por la presente Carta, el bienestar de los habitantes de estos territorios internacional y, para tal fin:
1. En aras de
asegurar, con el
debido respeto a
la cultura de
los pueblos respectivos,
su adelanto político, económico, social y educativo, el justo tratamiento, y su
protección contra todo abuso;
2.
Desarrollar el autogobierno, a
tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los
pueblos, ya ayudarlos
en el desenvolvimiento progresivo
de sus libres instituciones políticas,
de acuerdo con
las circunstancias particulares de
cada territorio, de sus pueblos y de sus distintos grados de avances;
3. Para promover la paz y la seguridad
internacionales;
4.
Promover medidas constructivas de desarrollo, estimular la
investigación, y cooperar unos con otros
y, cuando y en su caso, con organismos internacionales especializados, con el
fin de conseguir la realización práctica de los propósitos sociales, económicos
y científicos establecidos en este artículo, y transmitir regularmente al
Secretario general, a título informativo
y dentro de
los límites que
la seguridad y
consideraciones constitucionales
pueden requerir, estadísticas
y otra información
de carácter técnico relativas a las condiciones
económicas, sociales y educativas de los territorios a los que los capítulos XII
y XIII ".
Este es el caso del Pueblo
Ndowé. Antes de la Conferencia de Berlín de 1885, el Pueblo Ndowé defendió sus
fronteras territoriales con el pueblo
fang a través
de guerras, y
de esta manera prevenimos a los fang entrar
ilegalmente en el territorio ndowé. Conferencia de Berlín otorgó a España
el control de sobre los
llamados "territorios españoles
en el Golfo
de Guinea", incluyendo la
isla de Bioko (la tierra ancestral del
pueblo Bubi), la isla de Annobón (la tierra ancestral del
Pueblo Anoboneses), IKÙMÉ-MBÔNGÓ,
(la tierra ancestral
del Pueblo Ndowé hoy denominado la Provincia
Litoral continental de
Río Muni) y
la provincia interior
de Río Muni (la tierra ancestral
del Pueblo Fang).
4.- Pese a que antes de Conferencia de Berlín cada uno de estos
pueblos regía su propia tierra ancestral, sin embargo, para la concesión de la
Independencia en 1968 a los antiguos territorios españoles "en el “Golfo
de Guinea", para no crear precedente que pudiera ser utilizado por los
independentistas vascos y catalanes en España, la metrópoli forzó una Independencia
unificada para todos sus antiguos territorios coloniales del “Golfo de
Guinea", habitada por cinco grupos
de de los cuales existen 4 pueblos distintos 4 de ellos con territorio propio:
el Anobonés, el Bubi, el Ndowé y
el Fang. La
República de Guinea Ecuatorial
obtuvo su Independencia
el 12 de octubre de 1968, España entregó el poder
al pueblo fang y, este acto llevó a la ocupación física del territorio
Ndowé IKÙMÉ-MBÔNGÓ, por hordas de gente
del pueblo fang del interior, con el apoyo militar y económico total del
gobierno fang de D. Francisco Macías Nguema y desde entonces los
fang han controlado
todo el país
hasta la actualidad.
El asesinato de
líderes y educadores ndowé
por personas de
la etnia fang,
el asalto sexual
de mujeres, adolescentes
y niñas ndowé por los fang, la discriminación desenfrenada por los funcionarios
de los gobiernos fang, la exclusión del
ndowé en el gobierno de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (el territorio ndowé en la República de
Guinea Ecuatorial), y la expropiación y usurpación de tierras Ndowé y
posesiones materiales por los
fang, se convirtieron
en acontecimientos comunes
en Guinea Ecuatorial después de la independencia en
1968. Los gobiernos de la etnia fang de Guinea Ecuatorial han potenciado la
sistemática violación de los Derechos Humanos del Pueblo Ndowé, con el objeto
de exterminarnos, para favorecer una nueva República Guinea Ecuatorial dominada
por los fang.
5.- Hace varios años, ante las primeras
reivindicaciones ndowé de gobernar su territorio dentro de Guinea
Ecuatorial, el gobierno
de la República
de Guinea Ecuatorial
repitió la misma maniobra española
de 1959 mediante
el cual los
territorios Españoles del
Golfo de Guinea pasaron a ser, por decreto de 21 de agosto, la
provincia española de Guinea, como intento de evitar lo planteado ante la ONU en aquel mismo año, sobre la
“descolonización “. En Guinea Ecuatorial, pese a obligar a los ndowé a
pertenecer al partido gubernamental PDGE, el gobierno neocolonialista de la
etnia fang de la República de Guinea Ecuatorial ha establecido una reforma
Constitucional que no
contó para nada
con los ndowé,
en el que
para fines administrativos y económicos,
el territorio Nacional
de Guinea Ecuatorial
se divide en regiones, provincias, distritos y
municipios; Artículo
3º.-4), del TÍITULO
PRIMERO, PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL
ESTADO. El
país está compuesto
por dos Regiones
(insular y continental). Una
configuración administrativa distribuida
de modo que
el territorio ndowé IKÙMÉ-MBÔNGÓ y el fang en la región continental, quede
administrativamente conformado en 4 Provincias:
Litoral (Ikùmé-Mbôngó (País
Ndowé)), Centro Sur,
Kie Nten, Wele
Nzás). Éstas Provincias a
su vez, están
divididas en 13
distritos, Bata, Mbini
y Kogo en el
territorio ndowé
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé)
y, Akurenam, Evinayong,
Ebebiyin, Niefang,
Micomiseg, Nsok Nsomo,
Aconibe, Añisok, Mongomo y
Nsork) en el
País Fang. Y
en la gobernabilidad de
dichas Provincias sin
embargo, los pobladores
de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (el Territorio ndowé
en Guinea Ecuatorial),
estamos excluidos incluso
en la gobernabilidad de nuestra propia tierra, habida cuenta que:
A: El territorio Ndowé, IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndôwé)
A: El territorio Ndowé, IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndôwé)
I. De
8912 km², hoy
denominada Provincia del
Litoral, comprende la franja costera de Norte a Sur con una profundidad
de 80 a 100Km, la
Islas de Corisco,
Elobeyes, Mbañe, Cocoteros
e Islas adyacentes. Limita al
Norte con la República del Camerún, al Sur con el Estuario del Muni y la
Republica del Gabón, al este con el territorio fang y al Oeste con el Océano
Atlántico. Está gobernado íntegramente por personas de la etnia fang,
excluyendo a los ndowé en la gobernabilidad de su propio territorio y, en todos
los ámbitos de control y poder.
B. El territorio fang
subdividido en tres Provincias denominadas y gobernadas como sigue:
- “Provincia de Kie- Ntem”, gobernado íntegramente por los fang de la Provincia de Kie- Ntem, excluyendo a los ndowé en su gobernabilidad.
- “Provincia de Wele-Nzas”, gobernado en su totalidad por los fang de la Provincia de Wele-Nzas, excluyendo a los ndowé en su gobernabilidad.
- “Provincia de Centro Sur”, gobernado por los fang de la Provincia de Centro Sur, excluyendo a los ndowé en su gobernabilidad.
Esta exclusión de
los pobladores de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (el
Territorio Ndowé en Guinea Ecuatorial), se extiende en la
gobernabilidad de nuestra propia tierra, habida cuenta que:
6.-
GOBERNADORES:
Sólo personas
de las Provincias de la etnia fang
Kie- Ntem, Wele-Nzas, Centro Sur, y de los
distritos fang,
Evinayong, Ebebiyin,
Niefang, Micomiseg, Nsok
Nsomo, Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, nombrados por el
gobierno fang de Guinea Ecuatorial, han ocupado y pueden ocupar el cargo de
Gobernador de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (país Ndowé), hoy la Provincia de Litoral. Durante
muchos años dicho cargo fue ocupado por el ciudadano de la etnia fang D.
Enrique Mesián Abaga Nsuga. Desde el 2013 el nuevo Gobernador de
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé) es el ciudadano de la etnia fang D. Amado Nguema
Owono.
7.- DELEGADOS DEL GOBIERNO:
Sólo personas de las
Provincias de la etnia fang Kie- Ntem,
Wele-Nzas, Centro Sur, y de los
distritos fang, Evinayong,
Ebebiyin, Niefang,
Micomiseg, Nsok Nsomo,
Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, nombrados por el gobierno fang de Guinea
Ecuatorial, han ocupado y pueden ocupar el cargo de Delegado del gobierno
neocolonial en los 3 distritos de IKÙMÉ- MBÔNGÓ (país Ndowé), Bata, Mbini,
Kogo, como queda mostrado abajo:
I
El
ciudadano de la etnia fang D.
Bartolomé Owono Nzé Meye, es el
Delegado de Gobierno neocolonial en el
Distrito de Ciudad Vîlângwâ (Bata), y
lleva muchísimos años en dicho puesto.
II
El ciudadano
de la etnia fang D. Faustino Edu Micha, nuevo Delegado de Gobierno en el Distrito
de Mbini;
III El ciudadano de la etnia
fang D. Manuel Nguema Ondó Delegado de
Gobierno en el Distrito de Kogo.
8.- ALCALDES:
I.- Sólo personas de las
Provincias de la etnia fang Kie- Ntem, Wele-Nzas, Centro Sur, y de los
distritos fang,
Evinayong, Ebebiyin,
Niefang, Micomiseg, Nsok
Nsomo, Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, están autorizados a
ser alcaldes en el territorio ndowé de IKÙMÉ- MBÔNGÓ (País Ndowé). Todos los
Alcaldes de todas las ciudades de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (el Territorio Ndowé en
Guinea Ecuatorial), son de la etnia fang, pues el gobierno neocolonialista fang
ha continuado imponiendo también Alcaldes
de la etnia fang en todas a las
ciudades y municipios ndowé en IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé), tal que:
II.- Durante muchos
años, el gobierno neocolonialista de
Guinea Ecuatorial impuso como Alcalde del
Ayuntamiento de Ciudad Vîlângwâ (Bata) la Capital de IKÙMÉ-MBÔNGÓ, a un
fang D. Constantino Ekong Nsue; éste, a su vez nombró al ndowé D.
Honorato Evita Oma su Primer Teniente de Alcalde. Tras el fallecimiento del
primero el 4 octubre del 2014, la Alcaldía del Ayuntamiento de Ciudad Vîlângwâ
(Bata) la Capital de IKÙMÉ-MBÔNGÓ correspondía ser ocupada por el Primer
Teniente de la Alcaldía, el ciudadano de la etnia ndowé D. Honorato Evita Oma.
Sin embargo, en diciembre de 2014 el gobierno neocolonial de la etnia fang de
la nación, disolvió arbitrariamente la corporación municipal y asignó a dedo a
los miembros de la comisión gestora del Ayuntamiento
principal de ciudad Vîlângwâ (Bata) e
impuso nuevamente a otro ciudadano de la etnia
fang D. Bonifacio Manga Obiang como Alcalde de la Ciudad Vîlângwâ (Bata) en
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé).
III.- La puesta en vigor del
Artículo 52 de la Ley número 1/2003 de fecha 28 de febrero 2003,
reguladora de la administración Local, dio posición a las personas:
a.
De Dña. María Perpetúa
Oyana Edjang Mbengono (de la etnia fang), como Alcaldesa del
Distrito urbano número uno de Ciudad
Vîlângwâ (Bata) la Capital de IKÙMÉ- MBÔNGÓ (País
Ndowé);
b.
De D. Julio Elá Ekó (de la
etnia fang), como Alcalde del Distrito urbano del número dos de Ciudad Vîlângwâ
(Bata) la Capital de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé);
c.
De D.
Rolando Gumersindo Mbande (de la etnia
bissió) como Alcalde del Distrito urbano número tres de
Ciudad Vîlângwâ (Bata) la Capital de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé);
d.
D. Mariano Nkogo
Monsuy (de la etnia fang) Alcalde del Distrito urbano número cuatro
de Ciudad Vîlângwâ (Bata) la Capital de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé) y
e.
D. Pastor
Nakuo Nabióng (de la etnia bissió)
Alcalde del Distrito urbano número cinco de Ciudad
Vîlângwâ (Bata) la Capital de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé).
El ciudadano de la etnia fang D. Samuel
Ateba Owono (de la etnia fang) fue durante mucho tiempo Alcalde de la ciudad
Ndowé de Mbini; hoy día es Senador impuesto a dedo por el
gobierno neocolonial, para representar a
los ndowé de Mbini. El nuevo alcalde de la ciudad
de Mbini es otro ciudadano de la etnia fang.
El Alcalde de la ciudad Ndowé de Kogo es el fang D.
Bernardo Nvé Aló Bang y lleva más de 15 años en esa posición.
9.- PRESIDENTES DEL CONSEJO DISTRITAL DEL PDGE:
En el territorio ndowé IKUME-MBONGO hoy denominado
Provincia de Litoral, es como todos los demás en el gobierno neocolonial de
Guinea Ecuatorial, otro cargo reservado exclusivamente a
personas de las Provincias de la
etnia fang Kie- Ntem, Wele-Nzas, Centro
Sur, y de los distritos
fang, Evinayong,
Ebebiyin, Niefang,
Micomiseg, Nsok Nsomo,
Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, pues:
I
El presidente del
Consejo Distrital del PDGE de la localidad de Ciudad Vîlângwâ-Bata de
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé), fue durante
mucho tiempo, el ciudadano de la etnia fang
D. Crispín Engono Nguema. En el 2014 fue sustituido por otro ciudadano de la
etnia fang D. Exuperancio Ndong Nsi Mibuy,
II
La presidenta
del consejo distrital del PDGE de la
localidad de Mbini de IKÙMÉ- MBÔNGÓ (País Ndowé), es la
ciudadana de la etnia fang Dña. Natividad Oyana Mba Mikue.
III
El presidente
del consejo distrital del PDGE de la
localidad de Indêmbâ- Kogo de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País
Ndowé), es otro ciudadano de la etnia fang.
10.- PARTIDOS POLÍTICOS:
Solo personas de las
Provincias de la etnia fang Kie- Ntem,
Wele-Nzas, Centro Sur, y de los
distritos fang, Evinayong,
Ebebiyin, Niefang,
Micomiseg, Nsok Nsomo,
Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, están autorizados a ejercer la función
política en Guinea Ecuatorial. Cualquier partido fundado
por un ciudadano de los 3 distritos
de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé), Bata, Mbini, Cogo,
están prohibidos por la Constitución, salvo
que expresamente se coaligue al partido del gobierno neocolonial.
11.- EL EJÉRCITO:
Sólo personas de las Provincias
de la etnia fang Kie- Ntem,
Wele-Nzas, Centro Sur, y de los
distritos fang, Evinayong,
Ebebiyin, Niefang,
Micomiseg, Nsok Nsomo,
Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, están autorizados a
pertenecer al ejército en IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País
Ndowé).
12.- FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO:
Sólo personas de las
Provincias de la etnia fang Kie- Ntem,
Wele-Nzas, Centro Sur, y de los
distritos fang,
Evinayong, Ebebiyin,
Niefang, Micomiseg, Nsok
Nsomo, Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, están autorizados a
pertenecer a las Fuerzas de Seguridad del Estado en IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé).
13.- EDUCACIÓN
Y BECAS DE ESTUDIOS SUPERIORES:
La población autóctona de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé), es
excluida en concesión de becas de estudios superiores
de forma tal que desde 1969 hasta
la fecha, si la República de Guinea
Ecuatorial ha formado a 10,000 estudiantes, 9990 son ciudadanos de las
Provincias de la etnia fang Kie- Ntem, Wele-Nzas, Centro Sur, y de los
distritos fang, Evinayong, Ebebiyin, Niefang, Micomiseg, Nsok
Nsomo, Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, y solo
10 son ciudadanos autóctonos de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé).
14.- TRABAJO:
Todos los puestos de
trabajos buenos y medianamente buenos en
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé), los ocupan sólo
personas de las Provincias de la
etnia fang Kie- Ntem, Wele-Nzas, Centro
Sur, y de los distritos fang,
Evinayong, Ebebiyin, Niefang, Micomiseg, Nsok
Nsomo, Aconibe, Añisok, Mongomo y Nsork, en clara
discriminación de los ciudadanos autóctonos de
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé).
15.- REPRESENTACIÓN DIPLOMÁTICA:
A.- EMBAJADAS DE
GUINEA ECUATORIAL: No existe una sola legación diplomática de
Guinea Ecuatorial en cuya
cabeza esté un ciudadano
autóctono de IKÙMÉ- MBÔNGÓ (País Ndowé).
B.- CONSULADOS
DE GUINEA ECUATORIAL: No
existe un sólo consulado de Guinea Ecuatorial en cuya
cabeza esté un ciudadano autóctono de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé).
C.- PRIMERAS
SECRETARÍAS DE EMBAJADAS: No
existe una sola Primera Secretaría
de Embajada de Guinea Ecuatorial en
cuya cabeza esté un ciudadano autóctono de IKÙMÉ-MBÔNGÓ
(País Ndowé).
D.- PERSONAL ADMINISTRATIVO
DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS: No existe un
sólo personal administrativo ciudadano autóctono de IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé), en
las legaciones diplomáticas de Guinea Ecuatorial.
16.- Sr. Primer Vice
primer Ministro, Encargado del Sector
Político, Democracia y Ministro del Interior y Corporaciones
Locales de la República de Guinea Ecuatorial, según
están gobernados los territorios que conforman la región continental de la
República de Guinea Ecuatorial y, de acuerdo al Artículo 73 de la Carta de las
Naciones Unidas, solo el territorio fang hoy Provincias de
Kie-Ntem, Wele-Zas y Centro Sur han
desarrollado en su plenitud la
Resolución 1514 de la Asamblea General
de las Naciones Unidas, por lo tanto,
los únicos territorios que han alcanzado
plena autonomía y gobiernos propio, por
cuanto IKÙMÉ- MBÔNGÓ (el Territorio
Ndowé en Guinea Ecuatorial) no ha
alcanzado la autonomía ni el gobierno
propio debido a la ocupación fang de nuestra tierra, la
discriminación y la exclusión que practican contra nosotros; por lo que,
el Pueblo Ndowé indica sin paliativos al gobierno de la República
de Guinea Ecuatorial, que vamos a
ejercer nuestros derechos consagrados en la Carta
de las Naciones Unidas y a tal efecto, recordamos al Gobierno de la República
de Guinea Ecuatorial, que, ante las maniobras españolas para parar el proceso
de la Independencia de los territorios españoles del
Golfo de Guinea, el secretario general
de la organización recordó a España
las obligaciones libremente
contraídas respeto al
capítulo XL de la Carta
“DECLARACIÓN RELATIVA A LOS TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS”, lo que conllevó a
que España se comprometiera ante la
XII Asamblea General, celebrada en 1957
a ajustar su política al espíritu de la Carta y comenzara a enviar
información acerca los territorios sobre los que ejercía su soberanía. Para la
Independencia de los Territorios españoles del Golfo de Guinea como
una Unidad administrativa, y la posterior
adhesión de Guinea Ecuatorial a la
ONU, los gobiernos de Guinea Ecuatorial están obligados con el Artículo
73 de la Carta de las Naciones Unidas, y con ello, tienen o han asumido la
responsabilidad de administrar todos los territorios que configuran
la República de Guinea Ecuatorial, y
al no haber alcanzado todavía IKÙMÉ- MBÔNGÓ
(el territorio ndowé en Guinea Ecuatorial)
su Autonomía y el gobierno propio, el
gobierno de la República de Guinea Ecuatorial debe reconocer el principio que
establece que los intereses de los habitantes de
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (el territorio Ndowé en
Guinea Ecuatorial) están por encima. Debe el gobierno actual de la
República de Guinea Ecuatorial entender, que con la adhesión a las
Naciones Unidas, Guinea Ecuatorial aceptó como un encargo sagrado la obligación
de promover en todo lo posible, dentro del sistema de paz y seguridad
establecidos por la Carta de las Naciones
Unidas, el bienestar de los habitantes
de los territorios que configuran Guinea Ecuatorial. Para tal
fin:
1.- Para asegurar,
con el debido respeto a la cultura
del Pueblo Ndowé , su adelanto político,
económico, social y educativo, el justo tratamiento, y su protección contra
todo abuso;
2.- Desarrollar el autogobierno
del Pueblo Ndowé , a tener
debidamente en cuenta las aspiraciones
políticas del Pueblo
Ndowé , y a
ayudar a los Ndowé
en el desenvolvimiento progresivo de sus
libres instituciones políticas, de acuerdo
con las circunstancias particulares de IKÙMÉ-MBÔNGÓ
(el territorio Ndowé ), del Pueblo
Ndowé y de sus distintos grados de avances;
3. Para promover la paz y la seguridad
internacionales;
4. Promover medidas constructivas
de desarrollo, estimular la investigación, y cooperar unos con otros y,
cuando y en su caso, con organismos internacionales especializados, con el fin
de conseguir la realización práctica de los propósitos sociales, económicos y
científicos establecidos en este artículo, y transmitir regularmente al
Secretario general, a título informativo y dentro
de los límites que la seguridad y
consideraciones constitucionales pueden requerir,
estadísticas y otra información de carácter
técnico relativas a las condiciones económicas, sociales y educativas de los
territorios a los que los capítulos XII y XIII ".
17.- Recordamos al gobierno de
Guinea Ecuatorial, que los "territorios españoles en el Golfo de
Guinea" estaban compuestos por 4
territorios, dispares, distantes;
IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé), País Fang, País Bubi y País Anobonés,
habitado a su vez por 5 distintos pueblos. Para la
Independencia de estos bajo la autoridad
de una administración denominada República de
Guinea Ecuatorial, sendas
negociaciones, acuerdos y
pactos se llevaron a cabo
para la conformación del Estado y, la unidad se asentó sobre 7 grandes pilares:
1.
Una unidad basada en la
fraternidad,
2.
Un sistema que respetaba las
autonomías de las provincias,
3.
Absoluta prohibición de
separación étnica,
4.
Absoluta prohibición de
discriminación de cualquier tipo,
5.
Una democracia
participativa en la que participarían todos
los sectores sociales de la nación,
6.
Un riguroso
respeto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y
7.
Condicionamos dicha Unidad a
la no separación y a la no discriminación.
Pactos y acuerdos que se plasmaron en la Constitución y,
en la letra del Himno Nacional. Bajo dichas condiciones, los ndowé aportamos
nuestro territorio Ikume-Mbongo (País Ndowé) a Guinea Ecuatorial.
18.- Sin embargo,
tras dicha Independencia de los distintos
territorios españoles como una unidad
administrativa; República de Guinea Ecuatorial,
los gobiernos de la etnia fang han violado
por sistema los pactos y acuerdos entre los Pueblos de los territorios
españoles del Golfo de Guinea, han
utilizado el mercantilismo,
clientelismo político, la globalización
y el imperialismo etno tribal de la
etnia Fang, para establecer que las
personas de su etnia Fang dirijan a la
población de la etnia Ndowé en IKÙMÉ-MBÔNGÓ, se apropien de
las tierras y recursos que poseen los Ndowé. En definitiva, dichos
gobiernos han influido en que, en Guinea Ecuatorial un grupo de oligarcas Fang
guineoecuatorianos como los Ndowé guineoecuatorianos, neocolonialicen y dominen
en todos los aspectos a los ndowé. Esta dramática realidad, sumada la
discriminación y la exclusión contra el
Pueblo Ndowé, ha violado los pactos
garantes de la unión. Y el apoyo del
Pueblo Fang a su gobierno
étnico, ha implantado un
régimen de “NEOCOLONIALISMO FANG” que
ha quebrantado también el
Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, adoptado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas mediante la Resolución
2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966, al que se adhirió Guinea
Ecuatorial en el 2008; ha vulnerado el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, ha incumplido con la responsabilidad del
Estado de proteger (R2P), ha ignorado por práctica habitual el artículo
73 de la Carta de las Naciones Unidas, transgredido la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, porque
se ha negado autonomía a IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País
Ndowé). Por lo que el Territorio Ndowé No es Autónomo, y
con ello, se ha contravenido la Resolución 1514 de la Asamblea General de las
Naciones Unidas en IKÙMÉ-MBÔNGÓ, al someter al Pueblo Ndowé a la
dominación Fang; un hecho que no ignora el gobierno, porque es
conocido que las personas
Ndowé actualmente dependen
económica, política, social y culturalmente
del grupo ético fang que rige Guinea Ecuatorial desde 1968.
19.- Pese a las numerosas
recomendaciones de las Naciones Unidas desde el año 2000 en materia de
igualdad de los pueblos que constituyen
la población del país, el gobierno de
Guinea Ecuatorial ha optado por ignorarlas
y apretar aún más las cadenas de
las desigualdades concediendo todas las ventajas
para los ciudadanos de la etnia fang
en detrimento de los ciudadanos Ndowé, con
lo que se ha vulnerado por sistema
el principio de igualdad de los pueblos de la
Resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Pese a las
ya incontables recomendaciones de las Naciones Unidas desde el año 2000 para
que el gobierno de Guinea Ecuatorial facilite a
los pueblos el ejercicio de la libre
determinación, el gobierno neocolonialista de la etnia
fang de Guinea Ecuatorial ha ignorado todas esas recomendaciones con lo
que ha vulnerado por sistema el principio de la libre determinación de
los Pueblos de la Resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones
Unidas. Por lo tanto, el Pueblo Ndowé no ha alcanzado
su autogobierno, y todo ello se ha
culminado gracias entre otras cosas al
desarrollo del plan de exterminio contra
el Pueblo Ndowé que ha pisoteado
la obligación de proteger (R2P), en violación de los Derechos del
Pueblo Ndowé consagrados en la Declaración Universal de los Derechos
Humanos.
20.- Esta situación de
“NEOCOLONIALISMO FANG” en IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé) desde 1969 ha
impedido el pleno desarrollo de la Resolución 1415 de la Asamblea General de
las Naciones Unidas en la República de Guinea Ecuatorial, e ignorado por
sistema el artículo 73 de la Carta de las
Naciones Unidas, porque IKÙMÉ-MBÔNGÓ; el
Territorio Ndowé No es Autónomo y, es un hecho conocido
desde la Independencia de Guinea Ecuatorial que el Estado constituido también
con el territorio Ndowé como parte, no se cuenta para nada con las personas
ndowé. Por lo tanto, nuestro territorio es un Territorios No Autónomo, y el
Pueblo Ndowé no ha alcanzado su autogobierno. Por
ello, el gobierno de la República de
Guinea Ecuatorial, debe cumplir con el Articulo 73 de la carta de
las Naciones Unidas, fomentar, potenciar y permitir que hablemos de la historia
de IKÙMÉ-MBÔNGÓ el Territorio Ndowé No Autónomo durante los últimos
47 años como parte de la República
de Guinea Ecuatorial desde su Independencia,
porque durante estos 47 años de Independencia, al Pueblo Ndowé se le ha
negado auto-gobernar su territorio. Por todo ello y mucho más:
EL PUEBLO NDOWÉ EXIGE:
PRIMERO: Al gobierno
de la República de Guinea Ecuatorial, que tras la recepción por quinta vez de
estas legítimas aspiraciones Autonomistas del Pueblo Ndowé , no desate
una caza de brujas contra los ndowé incumpliendo una vez más con su
responsabilidad de proteger (R2P). Sin embargo, en virtud de la Resolución
1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, y el Artículo 73 de la Carta de las Naciones
Unidas, inicie las pertinentes conversaciones con los legítimos representantes
del Pueblo Ndowé agrupados en Êtômbâ â Ndôwé
y, obtenga información de primera mano
sobre las muy documentadas legítimas aspiraciones
de Autonomía y autogobierno del Pueblo Ndowé
, con objeto de que cumpla con su compromiso adquirido con la
adhesión de Guinea Ecuatorial a la Organización de las
Naciones Unidas; en consecuencia, con el
capítulo XL de la Carta “DECLARACIÓN
RELATIVA A LOS
TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS”
y por consiguiente con el Articulo 73 de la Carta de las Naciones
Unidas, e informe a la Comisión Especial de Política y de
Descolonización de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre los
Territorios No Autónomos, a la Presidencia de la Asamblea General de las
Naciones Unidas y al Secretario del Comité, que el territorio Ndowé
IKÙMÉ-MBÔNGÓ es un territorio No Autónomo en la República de Guinea
Ecuatorial. Pero, que el gobierno de la República de Guinea
Ecuatorial ha iniciado conversaciones
con los legítimos representantes del Pueblo
Ndowé agrupados en Êtômbâ â Ndôwé- Partido del Pueblo Ndowé, para poner
fin a la situación de NEOCOLONIALISMO FANG que
mantiene No Autónomo al territorio ndowé
IKÙMÉ- MBÔNGÓ.
SEGUNDO: A
tal efecto para la consideración del
gobierno de la República de Guinea
Ecuatorial, adjuntamos a esta petición de
Autonomía, un borrador de Estatuto de
Autonomía para IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé) el
territorio Ndowé No Autónomo y, los
Tratados de Honor y Pactos Étnicos, aprobados y adoptados
por la Coalición de Pueblos y Ciudadanos de Guinea
Ecuatorial (CEIBA),
como NORMA BÁSICA
REGULADORA DE LA CONVIVENCIA
ENTRE LOS PUEBLOS DE LA GUINEA ECUATORIAL
DEL FUTURO. Recordamos al gobierno de la República de Guinea Ecuatorial,
que en 1963, en un desesperado intento de frenar
las aspiraciones Independistas de los
pobladores de los territorios del Golfo de
Guinea, España concedió Autonomía a dichos territorios. El Pueblo
Ndowé pide ahora en virtud
del capítulo XL de
la Carta “DECLARACIÓN RELATIVA
A LOS TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS”, Artículo 73 de la Carta de las
Naciones Unidas, al Estado de la República de
Guinea Ecuatorial que ejerce su soberanía
sobre IKÙMÉ-MBÔNGÓ (País Ndowé) a
que favorezca la
autonomía para IKÙMÉ-MBÔNGÓ.
Y advertimos que la persistencia
del gobierno de la República de
Guinea Ecuatorial en mantener un régimen
neocolonial en el Territorio Ndowé IKÙMÉ-MBÔNGÓ en violación del capítulo
XL de la Carta “DECLARACIÓN RELATIVA A LOS
TERRITORIOS NO AUTÓNOMOS”, la Declaración Universal de
los Derechos Humanos del Pueblo Ndowé , en violación de la Resolución 1415 de
la Asamblea General de las Naciones Unidas, rehuyendo su
responsabilidad de proteger (R2P) al Pueblo Ndowé,
y manteniendo No Autónomo al Territorio
Ndowé IKÙMÉ-MBÔNGÓ ignorando por sistema el Artículo 73 de la
Carta, legitimará el renacimiento y el rebrote de las aspiraciones
independentistas que derivarán
en desarrollos de acciones
tales como la presentación del asunto
de esa rebrotada voluntad Independentistas
del martirizado Pueblo Ndowé ante la Asamblea
General de las Naciones Unidas, el Comisión Especial de Política y de
Descolonización, el Comité Especial de
Descolonización ( C-24, y ello, conllevará
sin duda alguna a una declaración de Independencia del territorio Ndowé,
pese a la negativa del gobierno de la República de Guinea Ecuatorial, a que el
Pueblo Ndowé persiga la formación de su propio estado, o se una a alguno
ya existente en la zona.
TERCERO: Si
el gobierno de Guinea Ecuatorial persiste
en mantener su régimen neocolonialismo, la
ocupación del territorio ndowé IKÙMÉ-MBÔNGÓ,
la discriminación y la exclusión contra el Pueblo
Ndowé ignorando la voluntad Autonomista del martirizado Pueblo
Ndowé , eso obligará a nuestro pueblo a redirigir
y replantear las acciones; esta vez
hacia la Independencia de IKÙMÉ-MBÔNGÓ, y con la ayuda
de Dios, la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Comisión Especial
de Política y de Descolonización, el Comité Especial de Descolonización
(C- 24), el gobierno neocolonialista de la etnia fang de la
República de Guinea Ecuatorial asistirá inevitablemente
a la escisión del
territorio IKÙMÉ-MBÔNGÓ como
parte de Guinea Ecuatorial.
Hacemos constar al Sr. Primer Vice primer Ministro, Encargado
del Sector Político, Democracia y Ministro del Interior
y Corporaciones Locales del gobierno de
la República de Guinea Ecuatorial, que estas legítimas
aspiraciones Autonomistas del Pueblo Ndowé han sido remitidas
simultáneamente al presidente de la República de Guinea Ecuatorial, a la
Asamblea General de las Naciones Unidas, a la
Comisión Especial de Política y de
Descolonización, y al Comité Especial de
Descolonización (C-24).
De parte del Pueblo Ndowé firma:
Rafael Evita- Ika
Presidente de Etômbâ â Ndôwé – Partido del Pueblo
Ndowé
Responsable de la Supervivencia del Pueblo
Ndowé
De parte de los Partidos
Políticos y Asociaciones Ndowé agrupados en Etômbâ â Ndôwé: Nueva Generación Ndowé, Partido
Reformista Ndowé, Unión Democrática Nacional,
Partido Liberal Ndowé; Asociación Ndowé,
¿Asociación Cultural EKOTTI, Asociación
Cultural RHOMBE, Asociación Cultural MALEVA
y Ciudadanos agrupados en Etômbâ
â Ndôwé, firma:
D. Evaristo Oko Kongüe
Coordinador General de Êtômbâ
â Ndôwé – Partido del Pueblo Ndowé